Agrupacion 48 Tarifas e instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas o Licencia Fiscal
Agrupación 48. Industrias de transformación del caucho y materias plásticas
Grupo 481. Transformación del caucho.
- Epígrafe 481.1. Fabricación de cubiertas y cámaras.
Cuota de:
Por cada obrero: 760 pesetas [4,567692 euros].
Por cada kW: 1.150 pesetas [6,911639 euros].
Nota: Este epígrafe comprende la fabricación de cámaras y cubiertas para automóviles, motocicletas, camiones, autobuses, aeronaves, tractores, vehículos industriales, bicicletas, etcétera.
- Epígrafe 481.2. Recauchutado y reconstrucción de cubiertas.
Cuota de:
Por cada obrero: 760 pesetas [4,567692 euros].
Por cada kW: 1.150 pesetas [6,911639 euros].
Nota: Este epígrafe comprende el recauchutado y reconstrucción total de cubiertas de todas clases.
- Epígrafe 481.9. Fabricación de otros artículos de caucho n.c.o.p.
Cuota de:
Por cada obrero: 760 pesetas [4,567692 euros].
Por cada kW: 1.150 pesetas [6,911639 euros].
Nota: Este epígrafe comprende la fabricación de artículos de caucho no especificados en otros epígrafes y abarca la manipulación del caucho natural, la regeneración del caucho, fabricación de correas y tubos, de colas y disoluciones, de alfombras y revestimientos de suelos, de derivados del caucho (ebonita), de calzado, tacones y suelas de caucho, artículos higiénicos y de cirugía, tejidos cauchutados, prendas de vestir, guantes y otros artículos a base de tejido cauchutado soldado o vulcanizado (no cosido), colchones de caucho, lanchas y artículos de deporte, camping y juguetes, etcétera.
Grupo 482. Transformación de materias plásticas.
- Epígrafe 482.1. Fabricación de productos semielaborados de materias plásticas.
Cuota de:
Por cada obrero: 750 pesetas [4,507591 euros].
Por cada kW: 860 pesetas [5,168704 euros].
Nota: Este epígrafe comprende la fabricación de productos semielaborados de materias plásticas tales como hilos, placas, láminas, tubos, etc.; así como el regenerado de dichas materias plásticas y la fabricación de materias primas celulósicas.
- Epígrafe 482.2. Fabricación de artículos acabados de materias plásticas.
Cuota de:
Por cada obrero: 750 pesetas [4,507591 euros].
Por cada kW: 860 pesetas [5,168704 euros].
Nota: Este epígrafe comprende la fabricación por moldeado, extrusión, etc., de artículos acabados en materias plásticas tales como vajilla, servicio de mesa y otros artículos de cocina y para el hogar; esteras, alfombras, cubre-suelos y revestimientos; tripas sintéticas; envases y recipientes; aisladores y material aislante; calzado de material plástico; muebles y suministros industriales; artículos sanitarios, embarcaciones y otros artículos de deporte obtenidos por moldeo o extrusión; monturas de gafas y otro material plástico para óptica, fotografía y cinematografía, etcétera.
- Texto Original. Publicado el 10-06-1996 en vigor desde 28-10-1996