Agrupacion 35 Tarifas e i...cia Fiscal

Agrupacion 35 Tarifas e instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas o Licencia Fiscal

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Agrupación 35. Fabricación de material electrónico (excepto ordenadores)

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Grupo 351. Fabricación de aparatos y equipo de telecomunicación.

- Epígrafe 351.1. Fabricación de aparatos y equipo telefónico y telegráfico.

Cuota de:

Por cada obrero: 1.370 pesetas [8,233866 euros].

Por cada kW: 1.110 pesetas [6,671234 euros].

Nota: Este epígrafe comprende la construcción de centrales telefónicas y telegráficas, aparatos de transmisión, recepción y terminales telefónicas y telegráficas (incluido télex), teleimpresores, receptores tipográficos, transmisores telegráficos de imágenes y otro material auxiliar, piezas y accesorios telefónicos y telegráficos.

- Epígrafe 351.2. Fabricación de aparatos y equipo de radiocomunicación, radiodifusión y televisión.

Cuota de:

Por cada obrero: 1.370 pesetas [8,233866 euros].

Por cada kW: 1.110 pesetas [6,671234 euros].

Nota: Este epígrafe comprende la construcción de aparatos y equipo de radiocomunicación, radioguía, radiolocalización y radiosondeo; equipos emisores y transmisores de radiodifusión y televisión y otros equipos y aparatos para comunicaciones inalámbricas, así como la fabricación de piezas y accesorios para estos aparatos.

Grupo 352. Fabricación de aparatos y equipo electromédico y de uso profesional y científico.

Cuota de:

Por cada obrero: 1.370 pesetas [8,233866 euros].

Por cada kW: 1.110 pesetas [6,671234 euros].

Nota: Este grupo comprende la construcción de equipo eléctrico y electrónico para diagnóstico, aparatos y equipo para tratamiento de enfermedades, para reemplazar funciones vitales, etc.; aparatos e instrumentos electrónicos de uso profesional y científico, así como la fabricación de piezas y accesorios para estos aparatos.

Grupo 353. Fabricación de aparatos y equipo electrónico de señalización, control y programación.

Cuota de:

Por cada obrero: 1.370 pesetas [8,233866 euros].

Por cada kW: 1.110 pesetas [6,671234 euros].

Nota: Este grupo comprende la construcción de aparatos y equipos electrónicos de señalización, enclavamiento y programación para navegación, vías férreas, vías urbanas, carreteras, aeropuertos y rutas aéreas; equipos electrónicos para mando y gobierno automático de instalaciones industriales, etc.; así como la fabricación de piezas y accesorios para estos aparatos.

Grupo 354. Fabricación de componentes electrónicos y circuitos integrados.

Cuota de:

Por cada obrero: 1.370 pesetas [8,233866 euros].

Por cada kW: 1.110 pesetas [6,671234 euros].

Nota: Este grupo comprende la fabricación (independiente de la construcción de aparatos y equipos) de válvulas electrónicas (de emisión, osciladores, etc.), tubos de rayos catódicos, de rayos X y otros tubos electrónicos y de semiconductores, circuitos integrados y otros componentes electrónicos para toda clase de aparatos y equipos.

A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes:

- Epígrafe 354.1. Válvulas y tubos electrónicos y de rayos X.

- Epígrafe 354.2. Otros componentes electrónicos activos.

- Epígrafe 354.3. Componentes electrónicos pasivos.

- Epígrafe 354.4. Accesorios, partes y piezas sueltas de componentes electrónicos y circuitos integrados.

Grupo 355. Fabricación de aparatos receptores, de registro y reproducción de sonido e imagen. Grabación de discos y cintas magnéticas.

- Epígrafe 355.1. Fabricación de receptores de radio y televisión y aparatos de registro y reproducción de sonido e imagen.

Cuota de:

Por cada obrero: 1.370 pesetas [8,233866 euros].

Por cada kW: 1.110 pesetas [6,671234 euros].

Nota: Este epígrafe comprende la fabricación de receptores de radio y televisión, tocadiscos, magnetófonos, micrófonos, altavoces y otros aparatos de registro y reproducción de sonido e imagen, así como la de equipo, piezas y accesorios para estos aparatos.

- Epígrafe 355.2. Edición de soportes grabados de sonido, de vídeo y de informática.

Cuota de:

Por cada obrero: 1.370 pesetas [8,233866 euros].

Por cada kW: 1.110 pesetas [6,671234 euros].

Nota: Este epígrafe comprende la grabación y reproducción de soportes grabados de sonido, vídeo e informática.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-06-1996 en vigor desde 28-10-1996