Legislación

Acuerdo de 17 de septiembre de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se declaran fenómenos meteorológicos adversos, desastres naturales o catástrofes con incidencia en el potencial productivo agrario, en infraestructuras hidráulicas y en el dominio público hidráulico, y se insta la adopción de medidas para paliar sus efectos., - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de 18-09-2019

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Andalucía

Órgano emisor: CONSEJERIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 180

F. Publicación: 18/09/2019

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 180 de 18/09/2019 y no contiene posibles reformas posteriores

Los fenómenos meteorológicos adversos que se han sufrido en diversas Comunidades Autónomas, entre las que se encuentra Andalucía, y en concreto en áreas localizadas correspondientes a las provincias de Almería, Granada, Jaén, Málaga y Sevilla durante la última semana de agosto y los primeros quince días de septiembre, han provocado daños de estimable consideración en los bienes, tanto públicos como privados, e incluso la pérdida de vidas humanas.

El artículo 2.6 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, define la «catástrofe» como una situación o acontecimiento que altera o interrumpe sustancialmente el funcionamiento de una comunidad o sociedad por ocasionar gran cantidad de víctimas, daños e impactos materiales, cuya atención supera los medios disponibles de la propia comunidad.

La intensidad de los temporales, de las precipitaciones y sus consiguientes inundaciones extraordinarias padecidas han sido notoriamente superiores a la media registrada, con un impacto considerable en la vida de las personas alterando el normal desarrollo de sus actividades cotidianas, personales, laborales y económicas. Entre todas ellas destaca por su vulnerabilidad y exposición frente a este tipo de situaciones la actividad desarrollada por el sector agrícola y ganadero, siendo numerosos los daños causados a explotaciones de diferente naturaleza con pérdida de producción, de cabezas de ganado, instalaciones e infraestructuras vinculadas al medio rural, según las primeras estimaciones.

Por otro lado, se han producido igualmente daños de consideración en infraestructuras hidráulicas y en el dominio público hidráulico cuya reparación resulta urgente y necesaria.

Para el Gobierno Andaluz es urgente la puesta en marcha de todas aquellas actuaciones que, en el ámbito de sus competencias, puedan llevarse a cabo para afrontar esta difícil situación.

En este sentido, el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 recoge bajo la medida 5 «Reconstitución del potencial de producción agrícola dañado por desastres naturales y catástrofes e implantación de medidas preventivas adecuadas», la submedida 5.2 «Apoyo a las inversiones para el restablecimiento de terrenos agrícolas y potencial de producción dañados por desastres naturales, fenómenos climáticos adversos y catástrofes».

En esta submedida se incluye la operación 5.2.1 «Inversiones en explotaciones agrarias e infraestructuras para la recuperación del potencial de producción y de terrenos agrícolas dañados por desastres naturales, eventos climáticos adversos y catástrofes», con las siguientes líneas de actuación:

- Subvenciones a inversiones en explotaciones agrarias para la recuperación del potencial de producción y de terrenos agrícolas dañados por desastres naturales, adversidades climáticas y catástrofes.

- Subvenciones a inversiones para la reconstrucción de infraestructuras hidráulicas colectivas de las Comunidades de Regantes, Juntas Centrales y Comunidades Generales dañadas por desastres naturales, eventos climáticos adversos y catástrofes.

- Subvenciones a inversiones para la reconstrucción de infraestructuras públicas como caminos, que dan servicio a las explotaciones agrarias, dañadas por desastres naturales, eventos climáticos adversos y catástrofes.

Por otro lado, mediante Decreto-ley 4/2018, de 30 de octubre, se produjo la declaración de interés general de las obras de reparación de los caminos rurales en los casos de fenómenos meteorológicos adversos, desastres naturales y otras catástrofes acaecidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, ante la especial significación que tienen los daños producidos por este tipo de acaecimientos en los caminos y demás infraestructuras rurales, que dejan sin posibilidad de acceso a determinadas explotaciones agrícolas y ganaderas y para las que la restauración inmediata de dichos accesos se presenta como indispensable para su subsistencia.

A tal efecto, la declaración de interés general de las obras de reparación de los caminos rurales se convierte en condición imprescindible para poder ejecutar dichas obras por la administración autonómica, con independencia de la titularidad de los caminos que resulten afectados.

En concreto, en su artículo 3 se establece que la autoridad competente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la declaración del fenómeno adverso, desastre natural o catástrofe con incidencia en el potencial productivo agrario a efectos del citado Decreto-ley es el Consejo de Gobierno, añadiendo que en dicha declaración se incluirán los términos municipales en los que se podrán ejecutar las obras de interés general aludidas.

Por tanto, a la vista de la importancia de los daños producidos al sector agrícola y ganadero de las provincias de Almería, Granada, Jaén, Málaga y Sevilla, así como en infraestructuras hidráulicas esenciales y en el dominio público hidráulico a causa de los fenómenos meteorológicos adversos ocurridos en la última semana de agosto y los primeros quince días de septiembre, se estima necesario adoptar todas aquellas actuaciones que, de la manera más urgente y eficaz posible, vengan a paliar la situación generada recuperando el potencial productivo de las explotaciones, la reparación de instalaciones e infraestructuras y la reposición a su estado del dominio público hidráulico afectado.

Las actuaciones se llevarán a cabo, en su caso, mediando declaración de urgencia o emergencia, conforme a las previsiones de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

En su virtud, de conformidad con el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 17 de septiembre de 2019,

A C U E R D A

Primero. Instar a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca y Desarrollo Sostenible a la puesta en marcha de ayudas dirigidas a la recuperación del potencial de producción y de terrenos agrícolas dañados por desastres naturales, eventos climáticos adversos y catástrofes en el marco de lo previsto en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 y de los requisitos y exigencias previstos en el mismo.

Segundo. Instar a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca y Desarrollo Sostenible a la puesta en marcha de las actuaciones dirigidas a paliar los daños producidos en infraestructuras hidráulicas y en el dominio público hidráulico.

Tercero. Declarar fenómeno meteorológico adverso, desastre natural o catástrofe con incidencia en el potencial productivo agrario, las tormentas, lluvias torrenciales e inundaciones acaecidas en las provincias de Almería, Granada, Jaén, Málaga y Sevilla en la última semana de agosto y los primeros quince días de septiembre, todo ello a los efectos previstos en el Decreto-ley 4/2018, de 30 de octubre, por el que se declaran de interés general las obras de reparación de los caminos rurales en los casos de fenómenos meteorológicos adversos, desastres naturales y otras catástrofes acaecidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Declarar como afectados por estos fenómenos meteorológicos a los efectos de la tramitación de ayudas en el marco de lo previsto en la Medida 5, Submedida 5.2, del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 y, en su caso, para la ejecución de obras de interés general en los términos establecidos en el Decreto-ley 4/2018, de 30 de octubre, a los municipios incluidos en la siguiente relación:

ALMERÍA:

ALBÁNCHEZ

ALBOX

ALCONTAR

ALMERÍA

ARBOLEAS

BACARES

CHIRIVEL

FINES

LAROYA

LÍJAR

LÚCAR

MACAEL

MARÍA

NÍJAR

PULPÍ

PURCHENA

SERÓN

SIERRO

SUFLÍ

TÍJOLA

URRACAL

VÉLEZ-BLANCO

VÉLEZ-RUBIO

GRANADA:

BAZA

BENAMAUREL

CANILES

CASTILLÉJAR

CASTRIL

CORTES DE BAZA

CUEVAS DEL CAMPO

CÚLLAR

FREILA

GALERA

HUÉSCAR

ORCE

PUEBLA DE DON FADRIQUE

ZÚJAR

JAÉN:

CAZORLA

CHILLUEVAR

HIGUERA DE CALATRAVA

JABALQUINTO

JAÉN

LA CAROLINA

LARVA

LOPERA

LUPIÓN

MANCHA REAL

MARTOS

MARMOLEJO

NAVAS DE SAN JUAN

NOALEJO

ORCERA

PEAL DE BECERRO

PORCUNA

RUS

SANTIAGO DE CALATRAVA

SANTISTEBAN DEL PUERTO

SORIHUELA DEL GUADALIMAR

VILLACARRILLO

MÁLAGA:

ALHAURÍN EL GRANDE

ALHAURÍN DE LA TORRE

ALMOGÍA

ANTEQUERA

ARCHIDONA

CÁRTAMA

COÍN

CUEVAS BAJAS

OJÉN

VILLANUEVA DEL ROSARIO

VILLANUEVA DE TAPIA

VILLANUEVA DEL TRABUCO

SEVILLA

LA RODA DE ANDALUCÍA

Sevilla, 17 de septiembre de 2019

CARMEN CRESPO DÍAZ

Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

JUAN MANUEL MORENO BONILLA

Presidente de la Junta de Andalucía