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Acuerdo de 16 de marzo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del Informe de la Consejería de Salud y Familias sobre la realización de inversiones en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud durante el año 2020., - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de 19-03-2021

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Andalucía

Órgano emisor: CONSEJERIA DE SALUD Y FAMILIAS

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 53

F. Publicación: 19/03/2021

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 53 de 19/03/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

El artículo 55.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía la competencia exclusiva sobre organización, funcionamiento interno, evaluación, inspección y control de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Igualmente, establece, en su apartado 2, que le corresponde la competencia compartida en materia de sanidad interior, y en particular, entre otras materias, la ordenación, planificación, determinación, regulación y ejecución de los servicios y prestaciones sanitarias.

El artículo 1.a) del Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud establece, como competencia de la Consejería de Salud y Familias, la ejecución de las directrices y los criterios generales de la política de salud, planificación, asistencia sanitaria, consumo, políticas de promoción de las familias, asignación de recursos a los diferentes programas y demarcaciones territoriales, alta dirección, inspección y evaluación de las actividades, centros y servicios sanitarios. Igualmente, el artículo 12.j) dispone que corresponde a la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, la programación, dirección y fijación de criterios de gestión de las obras, equipamientos e instalaciones del Servicio Andaluz de Salud y de las entidades adscritas.

El artículo 2 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, establece, entre otros, como principios inspiradores de las actuaciones sobre protección de la salud, los de consecución de la igualdad social y el equilibrio territorial en la prestación de los servicios sanitarios, así como la planificación, eficiencia y eficacia de la organización sanitaria. Igualmente, en su artículo 5, dispone que la actuación sanitaria de la Administración Pública de la Junta de Andalucía se regirá, entre otros, por los principios de planificación y participación.

Durante la última década se ha producido una acusada disminución de la inversión realizada por el Servicio Andaluz de Salud, en adelante SAS, en infraestructuras sanitarias ello ha conllevado que las mismas tengan carencias muy significativas, así pues, no se han construido centros sanitarios que estaban previstos, no se han realizado ampliaciones y reformas de los ya existentes y ha habido falta de reposición de dispositivos médicos que han provocado un alto nivel de obsolescencia. Todo esto había tenido como consecuencia un sistema sanitario público con una evidente necesidad de mejora y adaptación a las necesidades que merecen los profesionales sanitarios y la sociedad andaluza.

En virtud de ello, con fecha 26 de febrero de 2019, el Consejo de Gobierno instó a la Consejería de Salud y Familias a la constitución en el seno del SAS y en cada una de las provincias, grupos de trabajo que detectaran las necesidades de infraestructuras sanitarias en cada una de las mismas y, en base a sus estudios, se elaborara el Plan de Infraestructuras Sanitarias de Andalucía 2020-2030. Así pues, durante el primer semestre de dicho año se constituyeron cada uno de los grupos de trabajo en las diferentes Delegaciones Territoriales.

La Organización Mundial de la Salud declaró la emergencia en salud pública de importancia internacional y la pandemia global ante la situación del coronavirus COVID-19, con fechas 30 de enero y 11 de marzo de 2020, respectivamente. Hacer frente a esta emergencia requiere adoptar una serie de medidas orientadas a proteger la salud y seguridad de la ciudadanía, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública.

Con motivo de la situación de emergencia de salud pública, el Gobierno de la Nación acordó declarar, mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con fundamento en las actuales circunstancias extraordinarias y que constituyen una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud. En su artículo 6, se establece que cada Administración conservará las competencias que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus servicios para adoptar las medidas que estime necesarias en el marco de las órdenes directas de la autoridad competente a los efectos del estado de alarma.

Considerando el impacto que esta situación de emergencia produce en la economía, unido al alcance de las medidas decretadas a nivel nacional, el Consejo de Gobierno ha adoptado con carácter urgente otras medidas que permitan paliar dicho impacto, y por ello se aprobó el Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19), donde se determina la tramitación de emergencia para cualquier tipo de contratación que precisen los órganos de contratación de la Administración de la Junta de Andalucía, de sus entidades instrumentales y consorcios adscritos para hacer frente al COVID-19.

Las especiales circunstancias derivadas de la crisis sanitaria que constituye la pandemia de COVID-19, han supuesto un desafío a la gestión de inversiones en centros sanitarios del SAS en un doble sentido. De una parte, por haber surgido necesidades nuevas exigidas para el mejor tratamiento de los enfermos contagiados con el Sars-Cov-2, y para minimizar el riesgo de contagio al resto de usuarios y a los profesionales que trabajan en dichos centros sanitarios. Por otra parte, por haber tenido que gestionar una cantidad de crédito excepcional en un tiempo limitado, y apremiado por las circunstancias sanitarias.

En virtud de ello, la Consejería de Salud y Familias, a través del Servicio Andaluz de Salud, ha elaborado un informe en el que se recogen, a modo de resumen, los siguientes aspectos sobre las inversiones realizadas por el SAS durante el año 2020:

a) Origen de los fondos que han permitido generar crédito para la realización de las inversiones del SAS.

b) Resumen de la gestión que se ha realizado de dichos créditos.

c) La estrategia que se ha seguido para la gestión de las obras y otras serie de inversiones realizadas por el SAS.

Por todo ello, teniendo en cuenta la situación de emergencia sanitaria declarada por la OMS y la repercusión que para la ciudadanía andaluza tiene el buen funcionamiento del Sistema Sanitario Público de Andalucía, se considera oportuno y conveniente que dicho informe sea conocido por parte del Consejo de Gobierno.

En su virtud, de conformidad con el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Salud y Familias, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 16 de marzo de 2021,

ACUERDA

Tomar conocimiento del Informe de la Consejería de Salud y Familias sobre la realización de inversiones en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud durante el año 2020, que se adjunta con anexo al presente acuerdo.

Sevilla, 16 de marzo de 2021

JUAN MANUEL MORENO BONILLA

Presidente de la Junta de Andalucía

JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ

Consejero de Salud y Familias

INFORME AL CONSEJO DE GOBIERNO SOBRE LA REALIZACIÓN DE INVERSIONES, CON ESPECIAL REFERENCIA A OBRAS, EN CENTROS SANITARIOS DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD EN EL AÑO 2020.

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