Da 6 Integridad y Ética Públicas
D.A. 6ª. Régimen de publicidad de las instrucciones de la Intervención General.
1. La Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma podrá dirigir las actividades de sus órganos jerárquica o funcionalmente dependientes mediante instrucciones u órdenes de servicio.
2. Las instrucciones u órdenes de servicio que dicte la Intervención General se publicarán por medios telemáticos en todo caso y podrán también publicarse en el Boletín Oficial de Aragón , cuando la Intervención General lo considere conveniente por razón de sus destinatarios o de los efectos que puedan producirse. Asimismo, podrán publicarse aquellos informes de fiscalización de especial relevancia, a juicio de la Intervención General, para la coordinación de las funciones que le corresponden.
3. El incumplimiento de las instrucciones u órdenes de servicio no afecta por sí solo a la validez de los actos dictados por los órganos administrativos, sin perjuicio de la responsabilidad disciplinaria en que se pueda incurrir y de los efectos generadores de precedente administrativo que su seguimiento continuado pueda llegar a producir.
- Texto Original. Publicado el 16-06-2017 en vigor desde 06-07-2017