Da 4 Normas básicas sobre órganos rectores de las Cajas de Ahorro
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 4ª.
Vigente
Las incompatibilidades establecidas en el apartado B) del artículo 8 de esta Ley, no serán aplicables al Presidente de la Comunidad Autónoma o Diputación Foral que, a la entrada en vigor de la presente Ley tenga la condición de miembro nato de los órganos de gobierno de las Cajas de Ahorros que radiquen en su territorio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-08-1985 en vigor desde 10-08-1985