Da 3 Economía Circular
Da 3 Economía Circular

Da 3 Economía Circular

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 3ª. Tramitación electrónica de procedimientos y obligaciones de información de competencia autonómica.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Tanto las personas jurídicas como las físicas que desarrollen una actividad económica o profesional a título lucrativo estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración autonómica respecto de los procedimientos administrativos y obligaciones de información, de competencia autonómica, previstos en la normativa vigente en las siguientes materias: prevención y control de la contaminación; medio ambiente atmosférico, incluida la contaminación acústica y lumínica; residuos y suelos contaminados; cambio climático; responsabilidad medioambiental; e inspección ambiental en estas materias; todo ello de conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo obligatorio el uso de aquellas aplicaciones y plataformas que sean establecidas por la Dirección General competente en dichas materias para cada procedimiento administrativo. Dicho centro directivo aprobará, revisará o modificará los correspondientes modelos y formularios, que deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La efectiva entrada en funcionamiento de dichas aplicaciones y plataformas se hará pública mediante resolución de la Dirección General mencionada, que deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.