Da 3 Aplicación y desarrollo de la Ley de simplificación administrativa
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»D.A. 3ª. Creación del Registro de Entidades Colaboradoras.
Vigente
En el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno de Aragón, a través del departamento competente en materia de simplificación administrativa, creará el Registro de Entidades Colaboradoras de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/2021, de 11 de febrero.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-05-2022 en vigor desde 27-08-2022