Legislación

Reglamento (UE) 2020/1784 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2020 relativo a la notificación y traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil («notificación y traslado de documentos») (versión refundida) - Diario Oficial de la Unión Europea de 02-12-2020

Tiempo de lectura: 8 min

Tiempo de lectura: 8 min

Ambito: DOUE

Estado: VIGENTE. Validez desde 16 de Enero de 2024

F. entrada en vigor: 22/12/2020

Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 404

F. Publicación: 02/12/2020

  • El presente Reglamento será aplicable a partir del 1 de julio de 2022. Los arts. 5, 8 y 10 se aplicarán a partir del primer día del mes siguiente al período de tres años después de la entrada en vigor de los actos de ejecución a que se refiere el art. 25.

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones Artículo 3. Organismos transmisores y receptores Artículo 4. Órgano central Artículo 5. Medios de comunicación que deben utilizar los organismos transmisores, los organismos receptores y los órganos centrales Artículo 6. Efectos jurídicos de los documentos electrónicos Artículo 7. Asistencia en la determinación de la dirección
CAPÍTULO II. DOCUMENTOS JUDICIALES
SECCIÓN 1. Transmisión y notificación o traslado de documentos judiciales
Artículo 8. Transmisión de documentos Artículo 9. Traducción de documentos Artículo 10. Recepción de los documentos por un organismo receptor Artículo 11. Notificación y traslado de los documentos Artículo 12. Negativa a aceptar la notificación o el traslado de un documento Artículo 13. Fecha de notificación o traslado Artículo 14. Certificado y copia del documento notificado o trasladado Artículo 15. Gastos de notificación o traslado
SECCIÓN 2. Otros medios de transmisión, notificación o traslado de documentos judiciales
Artículo 16. Transmisión por vía diplomática o consular Artículo 17. Notificación o traslado de documentos por medio de agentes diplomáticos o funcionarios consulares Artículo 18. Notificación o traslado por servicios postales Artículo 19. Notificación y traslado electrónicos Artículo 19 bis. Notificación y traslado electrónicos mediante el punto de acceso electrónico europeo Artículo 20. Notificación o traslado directos
CAPÍTULO III. DOCUMENTOS EXTRAJUDICIALES
Artículo 21. Transmisión y notificación o traslado de documentos extrajudiciales
CAPÍTULO IV. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 22. Incomparecencia del demandado Artículo 23. Modificaciones del anexo I Artículo 24. Ejercicio de la delegación Artículo 25. Adopción de actos de ejecución por la Comisión Artículo 26. Procedimiento de comité Artículo 27. Programa informático de aplicación de referencia Artículo 28. Costes del sistema informático descentralizado Artículo 29. Relación con los convenios o acuerdos entre Estados miembros Artículo 30. Asistencia jurídica gratuita Artículo 31. Protección de la información transmitida Artículo 32. Respeto de los derechos fundamentales con arreglo al Derecho de la Unión Artículo 33. Comunicación, publicación y manual Artículo 34. Seguimiento Artículo 35. Evaluación Artículo 36. Derogación Artículo 37. Entrada en vigor y aplicación ANEXO I ANEXO II ANEXO III