3 1 Reglamento de Circulación Ferroviaria
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»3.1.2.4. Paradas prolongadas.
Vigente
En los trenes sin maquinista y en los cortes de material sin locomotora que permanezcan estacionados por tiempo superior a 120 minutos, la EF garantizará su inmovilidad conforme a los criterios establecidos en el artículo 3.5.2.5 de este Reglamento.
Modificaciones
- Modificación realizada (3.1.2.4. (se añade)) por Real Decreto 1011/2017, de 1 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 664/2015, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Ferroviaria.
(BOE de 09-01-2018) en vigor desde 09-07-2018 - Texto Original. Publicado el 18-07-2015 en vigor desde 09-07-2018