Da 2 Plan Estatal de Prot...adiológico

Da 2 Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo Radiológico

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D.A. 2ª. No afectación a la normativa aeroportuaria y a la relativa a manipulación y almacenamiento de mercancías peligrosas en puertos.

Vigente

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El Plan Estatal se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en:

a) El Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y se regula la certificación de los aeropuertos de competencia del Estado, y la Orden del Ministerio de Fomento 2086/2011, de 8 de julio, por la que se actualizan las normas técnicas contenidas en el anexo a dicho Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo.

b) El Real Decreto 145/1989, de 20 de enero, de admisión, manipulación y almacenamiento de mercancías peligrosas en puertos.

c) El Real Decreto 632/2013, de 2 de agosto, de asistencia a las víctimas de accidentes de la aviación civil y sus familiares y por el que se modifica el Real Decreto 389/1998, de 13 de marzo, por el que se regula la investigación de los accidentes e incidentes de aviación civil.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-11-2015 en vigor desde 22-11-2015