Da 14 Medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad
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»D.A. 14ª. Progresividad en los peajes de acceso a las redes.
Vigente
Se habilita al Ministro de Industria, Energía y Turismo a establecer criterios de progresividad de aplicación a los peajes de acceso que debe aprobar de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
En la determinación de estos criterios se tendrá en cuenta el consumo medio de los puntos de suministro, sin que se vean afectados los consumidores vulnerables.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-07-2012 en vigor desde 15-07-2012