Da 10 TR. Ley de Urbanismo
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»D.A. 10ª. Flexibilización en los plazos.
Vigente
Los plazos fijados en esta Ley para el cumplimiento de los deberes urbanísticos podrán ser flexibilizados por los municipios a través de su planeamiento o por el Gobierno de Aragón, con carácter general para todo o parte del territorio, siempre de forma excepcional y debidamente motivada, en atención a las circunstancias económicas y al contexto económico y social, sin que en ningún caso puedan producirse dispensas singulares.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-07-2014 en vigor desde 20-11-2014