Jurisprudencia por Vaquer Martin, Francisco Javier.
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Estima
Desestima
Orden
Civil
Ponente
Vaquer Martin, Francisco Javier
Tipo de sentencia
Sentencia
Tribunal
Juzgados de lo Mercantil - Madrid
Juzgados de lo Mercantil
Búsqueda: Ponente
VAQUER MARTIN, FRANCISCO JAVIER
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 439/2010, 25-03-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 45 y ss de la L.E.Civil ; habiéndose tramitado por los cauces del proceso ordinario, de conformidad con los Art. 249 y 399 de la Ley Rituaria.
<p
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 216/2011, 21-01-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 45 y ss de la L.E.Civil ; debiendo tramitarse por los cauces del juicio declarativo ordinario, de conformidad con los Art. 249 y 399 de la Ley Rituari
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 466/2010, 20-12-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 45 y ss de la L.E.Civil ; habiéndose tramitado por los cauces del proceso ordinario, de conformidad con los Art. 249 y 399 de la Ley Rituaria.
<p
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 98/2013, 02-09-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 762/2013, 12-05-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 843/2013, 12-05-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 385/2013, 10-06-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 582/2013, 17-02-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 316/2012, 10-04-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 45 y ss de la L.E.Civil; habiéndose tramitado por los cauces del proceso ordinario, de conformidad con los Art. 249 y 399 de la Ley Rituaria.
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Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 847/2013, 24-03-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
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VAQUER MARTIN, FRANCISCO JAVIER
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 439/2010, 25-03-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 45 y ss de la L.E.Civil ; habiéndose tramitado por los cauces del proceso ordinario, de conformidad con los Art. 249 y 399 de la Ley Rituaria.
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Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 216/2011, 21-01-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 45 y ss de la L.E.Civil ; debiendo tramitarse por los cauces del juicio declarativo ordinario, de conformidad con los Art. 249 y 399 de la Ley Rituari
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 466/2010, 20-12-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 45 y ss de la L.E.Civil ; habiéndose tramitado por los cauces del proceso ordinario, de conformidad con los Art. 249 y 399 de la Ley Rituaria.
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Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 98/2013, 02-09-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 762/2013, 12-05-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 843/2013, 12-05-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 385/2013, 10-06-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 582/2013, 17-02-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 316/2012, 10-04-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 45 y ss de la L.E.Civil; habiéndose tramitado por los cauces del proceso ordinario, de conformidad con los Art. 249 y 399 de la Ley Rituaria.
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Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 847/2013, 24-03-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19