Jurisprudencia por Vaquer Martin, Francisco Javier.
Quisiste decir...
Filtros
Voces
Préstamo hipotecario
Declaración de concurso
Variabilidad del interés
Administración concursal
Entidades financieras
Sentido del fallo
Estima
Desestima
Orden
Civil
Ponente
Vaquer Martin, Francisco Javier
Tipo de sentencia
Sentencia
Tribunal
Juzgados de lo Mercantil - Madrid
Juzgados de lo Mercantil
Búsqueda: Ponente
VAQUER MARTIN, FRANCISCO JAVIER
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 1224/2009, 23-12-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 971/2012, 27-03-2013
PRIMERO.-La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y 194 de la <rel id
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 506/2012, 02-09-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 692/2012, 23-12-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 225/2013, 23-09-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 913/2012, 05-05-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 386/2012, 03-09-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 616/2013, 03-03-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 817/2013, 18-06-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 45 y ss de la L.E.Civil; debiendo tramitarse por los cauces del juicio declarativo verbal, de conformidad con los Art. 250 y 437 de la Ley Rituaria.
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 423/2012, 28-05-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo de conformidad con el art. 96.4 L.Co. tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19498" uri=""
Quisiste decir...
Búsqueda: Ponente
VAQUER MARTIN, FRANCISCO JAVIER
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 1224/2009, 23-12-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 971/2012, 27-03-2013
PRIMERO.-La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y 194 de la <rel id
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 506/2012, 02-09-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 692/2012, 23-12-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 225/2013, 23-09-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 913/2012, 05-05-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 386/2012, 03-09-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 616/2013, 03-03-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 817/2013, 18-06-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 45 y ss de la L.E.Civil; debiendo tramitarse por los cauces del juicio declarativo verbal, de conformidad con los Art. 250 y 437 de la Ley Rituaria.
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 423/2012, 28-05-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo de conformidad con el art. 96.4 L.Co. tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19498" uri=""