Jurisprudencia por Vaquer Martin, Francisco Javier.
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Desestima
Orden
Civil
Ponente
Vaquer Martin, Francisco Javier
Tipo de sentencia
Sentencia
Tribunal
Juzgados de lo Mercantil - Madrid
Juzgados de lo Mercantil
Búsqueda: Ponente
VAQUER MARTIN, FRANCISCO JAVIER
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 103/2013, 21-04-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 787/2013, 17-03-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 223/2013, 23-09-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_1
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 920/2012, 18-02-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 155/2012, 02-09-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 45 y ss de la L.E.Civil ; debiendo tramitarse por los cauces del juicio declarativo verbal, de conformidad con los Art. 250 y 437 de la Ley Rituaria.
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 794/2013, 17-03-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 728/2012, 30-09-2014
Francisco Javier Vaquer Martín
Juzgados de lo mercantil
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 912/2013, 21-04-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 20/2013, 27-03-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 786/2010, 02-09-2013
PRIMERO.-
Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 45 y ss de la L.E.Civil ; habiéndose tramitado por los caues del proceso ordinario, de conformidad con los Art. 249 y 399 de la Ley Rituaria.
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Búsqueda: Ponente
VAQUER MARTIN, FRANCISCO JAVIER
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 103/2013, 21-04-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 787/2013, 17-03-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 223/2013, 23-09-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_1
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 920/2012, 18-02-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 155/2012, 02-09-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 45 y ss de la L.E.Civil ; debiendo tramitarse por los cauces del juicio declarativo verbal, de conformidad con los Art. 250 y 437 de la Ley Rituaria.
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 794/2013, 17-03-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 728/2012, 30-09-2014
Francisco Javier Vaquer Martín
Juzgados de lo mercantil
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 912/2013, 21-04-2014
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 20/2013, 27-03-2013
PRIMERO.- Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 8 de la Ley Concursal ; debiendo tramitarse por los cauces del incidente concursal, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 192 y <rel id="41742_19
Sentencia Civil JM Madrid, Sec. 6, Rec 786/2010, 02-09-2013
PRIMERO.-
Jurisdicción, competencia y procedimiento.
La competencia objetiva y territorial para conocer de la presente causa corresponde a este Juzgado, según lo dispuesto en el
Art. 45 y ss de la L.E.Civil ; habiéndose tramitado por los caues del proceso ordinario, de conformidad con los Art. 249 y 399 de la Ley Rituaria.