Jurisprudencia por Torres Vela, Manuel.
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Daños y perjuicios
Sociedad de responsabilidad limitada
Aval
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Orden
Civil
Ponente
Torres Vela, Manuel
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
AP - Malaga
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Velez Málaga, sobre posible responsabilidad objetiva. Determina el Tribunal que, por la naturaleza de la actividad desarrollada (gimnasio), no es aplicable en este caso una responsabilidad objetiva, y tampoco la teoría de la responsabilidad por riesgo, pues "no es suficiente cualquier riesgo para que ésta sea aplicable". "El riesgo que comportaba la realización de deter
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala en sus fundamentos de derecho que olvida el recurrente que la presunción de exactitud registral que ampara el art.
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que analiza un supuesto de mora sin determinación de saldo, estableciendo que no parece injusto que se abonen los intereses cuando en supuestos como el que se contempla pueda colegirse en la litis la existencia de una deuda, entendiendo que la completa satisfacción de los derechos del acreedor exige que se le abonen los intereses.
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada-recurrente. La Sala señala que también la entidad demandada es responsable por culpa in vigilando o in iligiendo, pues si permitió que una persona, que actuaba con poderes de la entidad financiera, destinara el importe ingresado en la libreta de ahorro a otros fines, es obvio que frente a terceros responde de los actos de la persona que representa.
La AP desestima el recurso de la apelación de la parte recurrente. La Sala señala que la apertura de huecos para salida de humos supone la realización de obras que alteran un elemento común y por ello su realización licita hubiera exigido de conformidad con el art. 12 de la
La AP desestima el recurso de la parte recurrente. La Sala señala que cuando el Consorcio de Compensación de Seguros deba satisfacer la indemnización como fondo de garantía se entenderá que incurre en mora únicamente en el caso de que haya transcurrido el plazo de tres meses desde la fecha en que se le reclama la satisfacción de la indemnización sin que por el consorcio se haya procedido al pago de la misma.
Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Velez Málaga, sobre posible responsabilidad objetiva. Determina el Tribunal que, por la naturaleza de la actividad desarrollada (gimnasio), no es aplicable en este caso una responsabilidad objetiva, y tampoco la teoría de la responsabilidad por riesgo, pues "no es suficiente cualquier riesgo para que ésta sea aplicable". "El riesgo que comportaba la realización de deter
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala en sus fundamentos de derecho que olvida el recurrente que la presunción de exactitud registral que ampara el art.
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala señala que analiza un supuesto de mora sin determinación de saldo, estableciendo que no parece injusto que se abonen los intereses cuando en supuestos como el que se contempla pueda colegirse en la litis la existencia de una deuda, entendiendo que la completa satisfacción de los derechos del acreedor exige que se le abonen los intereses.
La AP desestima el recurso de apelación de la parte demandada-recurrente. La Sala señala que también la entidad demandada es responsable por culpa in vigilando o in iligiendo, pues si permitió que una persona, que actuaba con poderes de la entidad financiera, destinara el importe ingresado en la libreta de ahorro a otros fines, es obvio que frente a terceros responde de los actos de la persona que representa.
La AP desestima el recurso de la apelación de la parte recurrente. La Sala señala que la apertura de huecos para salida de humos supone la realización de obras que alteran un elemento común y por ello su realización licita hubiera exigido de conformidad con el art. 12 de la
La AP desestima el recurso de la parte recurrente. La Sala señala que cuando el Consorcio de Compensación de Seguros deba satisfacer la indemnización como fondo de garantía se entenderá que incurre en mora únicamente en el caso de que haya transcurrido el plazo de tres meses desde la fecha en que se le reclama la satisfacción de la indemnización sin que por el consorcio se haya procedido al pago de la misma.