Jurisprudencia sobre Tesorería General de la Seguridad Social.
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Instituto Nacional de la Seguridad Social
Tesorería General de la Seguridad Social
Accidente laboral
Incapacidad permanente total
Incapacidad permanente
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Casas Nombela, Juan Jose
Ruiz-jarabo Quemada, Emilia
Marques Ferrero, Santiago Ezequiel
Fernandez Otero, Miguel
Garcia Paredes, Maria Luz
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Auto aclaratorio
Acuerdo de Sala
Conclusiones
Búsqueda: Voces
Tesorería General de la Seguridad Social
Sentencia SOCIAL Nº 295/2019, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2150/2017, 09-04-2019
Seguridad Social. Reintegro de capital coste constituido por la Mutua, entidad colaboradora en el ramo de accidentes de trabajo. Ejercicio de la acción. Es competente la jurisdicción Social. Reitera doctrina STS de 7 de abril de 1999 (Rcud 2309/1998).
Sentencia SOCIAL Nº 140/2019, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1343/2017, 26-02-2019
IPT derivada de enfermedad profesional, habiendo estado expuesto el trabajador al riesgo de contraer dicha enfermedad con anterioridad al 1 de enero de 2008, sin que conste acreditado que con posterioridad a dicha fecha haya estado expuesto al citado riesgo Se plantea si el responsable es el INSS, que tenía asegurada la contingencia de enfermedad profesional con anterioridad al 1 de enero de 2008 o MUTUAL MIDAT CYCLOPS, aseguradora de la contingencia de enfermedad profesional con posterioridad a
Sentencia SOCIAL Nº 127/2019, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 4378/2017, 19-02-2019
Acceso a la suplicación cuando el objeto del pleito es determinar quien es la entidad responsable del abono de la prestación de 1800 â?¬, por lesiones permanentes no invalidantes, si es Mutualia o el INSS. No cabe recurso: El objeto del pleito no es reconocer la prestación, sino determinar la entidad responsable de su abono. En el mismo sentido que la STS de 18 de diciembre de 2018, recurso 4261/2017.
Sentencia SOCIAL Nº 46/2019, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 4128/2016, 23-01-2019
Proceso de oficio regulado en el artículo 148 b) de la LRJS . Está activamente legitimada la TGSS para interponer demanda en materia de infraccionws de Seguridad Social. Reitera doctrina SSTS de 1 de marzo de 2007, rcud 3519/2015, 7 de marzo de 2017, rcud 3476/2015 y 11 de julio de 2018, rcud 3910/2016, entre otras.
Sentencia SOCIAL Nº 1080/2017, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 4261/2017, 18-12-2018
Acceso a suplicación.- Responsabilidad en el abono de una prestación de seguridad social: indemnización por baremo.- No cabe suplicación cuando el objeto inicial de la pretensión no iba encaminada a la obtención de reconocimiento de la prestación de lesiones permanentes no invalidantes indemnizables por baremo, sino a la determinación de la entidad responsable del abono indemnizatorio y éste no excede de 3.000 â?¬, lo que no alcanza el límite cuantitativo de acceso a tal recurso.- Diferencias co
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Sentencia SOCIAL Nº 295/2019, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 2150/2017, 09-04-2019
Seguridad Social. Reintegro de capital coste constituido por la Mutua, entidad colaboradora en el ramo de accidentes de trabajo. Ejercicio de la acción. Es competente la jurisdicción Social. Reitera doctrina STS de 7 de abril de 1999 (Rcud 2309/1998).
Sentencia SOCIAL Nº 140/2019, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 1343/2017, 26-02-2019
IPT derivada de enfermedad profesional, habiendo estado expuesto el trabajador al riesgo de contraer dicha enfermedad con anterioridad al 1 de enero de 2008, sin que conste acreditado que con posterioridad a dicha fecha haya estado expuesto al citado riesgo Se plantea si el responsable es el INSS, que tenía asegurada la contingencia de enfermedad profesional con anterioridad al 1 de enero de 2008 o MUTUAL MIDAT CYCLOPS, aseguradora de la contingencia de enfermedad profesional con posterioridad a
Sentencia SOCIAL Nº 127/2019, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 4378/2017, 19-02-2019
Acceso a la suplicación cuando el objeto del pleito es determinar quien es la entidad responsable del abono de la prestación de 1800 â?¬, por lesiones permanentes no invalidantes, si es Mutualia o el INSS. No cabe recurso: El objeto del pleito no es reconocer la prestación, sino determinar la entidad responsable de su abono. En el mismo sentido que la STS de 18 de diciembre de 2018, recurso 4261/2017.
Sentencia SOCIAL Nº 46/2019, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 4128/2016, 23-01-2019
Proceso de oficio regulado en el artículo 148 b) de la LRJS . Está activamente legitimada la TGSS para interponer demanda en materia de infraccionws de Seguridad Social. Reitera doctrina SSTS de 1 de marzo de 2007, rcud 3519/2015, 7 de marzo de 2017, rcud 3476/2015 y 11 de julio de 2018, rcud 3910/2016, entre otras.
Sentencia SOCIAL Nº 1080/2017, TS, Sala de lo Social, Sec. 1, Rec 4261/2017, 18-12-2018
Acceso a suplicación.- Responsabilidad en el abono de una prestación de seguridad social: indemnización por baremo.- No cabe suplicación cuando el objeto inicial de la pretensión no iba encaminada a la obtención de reconocimiento de la prestación de lesiones permanentes no invalidantes indemnizables por baremo, sino a la determinación de la entidad responsable del abono indemnizatorio y éste no excede de 3.000 â?¬, lo que no alcanza el límite cuantitativo de acceso a tal recurso.- Diferencias co