Jurisprudencia por Taboada Caseiro, Maria Del Carmen.
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Valoración de la prueba
Prueba de cargo
Error en la valoración
Presunción de inocencia
Principio de presunción de inocencia
Sentido del fallo
Desestima
Estima
Condena
Absuelve
Orden
Penal
Civil
Ponente
Taboada Caseiro, Maria Del Carmen
Tipo de sentencia
Sentencia
Tribunal
AP A Coruña
AP - A Coruña
El acusado ANDRES MIGUEL, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando se le impusiera la pena de TRES AÑOS DE PRISION, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, multa de 350.000 ptas, comiso de los efectos y dinero intervenido y pago de costas.
El acusado en el acto del juicio oral, se confiesa autor de los hechos
Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso
contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por María, que le fue
admitido en ambos efectos, por proveído de fecha 9-2-99, dictado por el
Instructor, acordando dar el traslado prevenido en el artículo
El primer motivo del recurso se fundamenta en el error en la apreciación de las pruebas.Así, en primer lugar, se alega que el acusado no informado de su derecho a contrastar los resultados de las dos pruebas de detección alcohólica. Pero tal alegación debe rechazarse toda vez que en el atestado al folio 5 consta que informado de su derecho a contrastar voluntariamente los resultados obtenidos, mediante análisis d
CONDUCCIÓN BAJO INFLUENCIAS BEB.ALCOHÓLICAS/DROGAS
El acusado JESUS MANUEL A, mayor de edad, sin antecedentes penales, en fecha no bien precisada durante los años 1993 o 1994, coloc6 una matrícula distinta a la verdadera, totalmente imaginaria, en el turismo marca ''Subaru'' con número de bastidor La matricula irreal instalada por el acusado en el citado vehículo, que se correspondía con la matricula con el turismo ''Volkswagenâ€Polo, propiedad de Manuel V.
Se desestima el recurso.
Pablo B, autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en cuantía inferior a 30.000 pesetas, a la pena de TRES MESES DE ARRESTO MAYOR, con la suspensión como accesoria de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena. Recurso formulado por la representación de Germán B. El primer motivo del recurso se fundamenta en el error en la apreciación de la prueba con referencia a la falta de hurto.En el fundamento jurídico primero establece el Juz
Se alega infracción del art.
APELACION CIVIL
Sobre Acción reivindicatoria y deslinde en Juicio de Menor Cuantía., entre partes, de una y como demandados apelantes PABLO Y DOLORES Y MARIA, representados por el Procurador Sr. Sánchez González, y de otra y como demandantes apelados DOÑA Mª JOSEFA, DON DIEGO Y CRISTOBAL, sucesores del fallecido Don Domingo, representados
La resolución de primera instancia vino a condenar al
ahora apelante como autor de un delito de imprudencia, pronunciamiento que es
combatido por el condenado, entendiendo que su conducta no reviste la gravedad
para dar lugar a dicha calificación, sino que, como mucho, quedaría comprendida
dentro del articulo 671 del
Que se condena a Jose M. L en cuanto autor de una falta de lesiones ya definida a la pena de un mes de multa a razón de 1000 pesetas diarias, y en cuanto autor de una falta de malos tratos ya definida a la pena de un mes de multa a razón de 1000 pesetas diarias, con el apercibimiento de que se impondrá un día de arresto sustitutorio por cada dos cuotas impagadas, con expresa imposición de las costas causadas, y a que indemnice a María Angeles
El acusado ANDRES MIGUEL, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando se le impusiera la pena de TRES AÑOS DE PRISION, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, multa de 350.000 ptas, comiso de los efectos y dinero intervenido y pago de costas.
El acusado en el acto del juicio oral, se confiesa autor de los hechos
Notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso
contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por María, que le fue
admitido en ambos efectos, por proveído de fecha 9-2-99, dictado por el
Instructor, acordando dar el traslado prevenido en el artículo
El primer motivo del recurso se fundamenta en el error en la apreciación de las pruebas.Así, en primer lugar, se alega que el acusado no informado de su derecho a contrastar los resultados de las dos pruebas de detección alcohólica. Pero tal alegación debe rechazarse toda vez que en el atestado al folio 5 consta que informado de su derecho a contrastar voluntariamente los resultados obtenidos, mediante análisis d
CONDUCCIÓN BAJO INFLUENCIAS BEB.ALCOHÓLICAS/DROGAS
El acusado JESUS MANUEL A, mayor de edad, sin antecedentes penales, en fecha no bien precisada durante los años 1993 o 1994, coloc6 una matrícula distinta a la verdadera, totalmente imaginaria, en el turismo marca ''Subaru'' con número de bastidor La matricula irreal instalada por el acusado en el citado vehículo, que se correspondía con la matricula con el turismo ''Volkswagenâ€Polo, propiedad de Manuel V.
Se desestima el recurso.
Pablo B, autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en cuantía inferior a 30.000 pesetas, a la pena de TRES MESES DE ARRESTO MAYOR, con la suspensión como accesoria de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena. Recurso formulado por la representación de Germán B. El primer motivo del recurso se fundamenta en el error en la apreciación de la prueba con referencia a la falta de hurto.En el fundamento jurídico primero establece el Juz
Se alega infracción del art.
APELACION CIVIL
Sobre Acción reivindicatoria y deslinde en Juicio de Menor Cuantía., entre partes, de una y como demandados apelantes PABLO Y DOLORES Y MARIA, representados por el Procurador Sr. Sánchez González, y de otra y como demandantes apelados DOÑA Mª JOSEFA, DON DIEGO Y CRISTOBAL, sucesores del fallecido Don Domingo, representados
La resolución de primera instancia vino a condenar al
ahora apelante como autor de un delito de imprudencia, pronunciamiento que es
combatido por el condenado, entendiendo que su conducta no reviste la gravedad
para dar lugar a dicha calificación, sino que, como mucho, quedaría comprendida
dentro del articulo 671 del
Que se condena a Jose M. L en cuanto autor de una falta de lesiones ya definida a la pena de un mes de multa a razón de 1000 pesetas diarias, y en cuanto autor de una falta de malos tratos ya definida a la pena de un mes de multa a razón de 1000 pesetas diarias, con el apercibimiento de que se impondrá un día de arresto sustitutorio por cada dos cuotas impagadas, con expresa imposición de las costas causadas, y a que indemnice a María Angeles