Jurisprudencia sobre Suelo rústico.
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Suelo urbanizable
Justiprecio
Indemnización por expropiación forzosa
Hoja de aprecio
Suelo no urbanizable
Orden
Administrativo
Constitucional
Supranacional
Ponente
Alonso Millan, Jose Matias
Revilla Revilla, Eusebio
Gonzalez Garcia, Maria Begoña
Herrero Pina, Octavio Juan
Vieites Perez, Carlos Damian
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
contra el acuerdo de fecha 20 de abril de 2.007 del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Burgos por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto por el anterior contra el acuerdo de 19 de enero de 2.007 del mismo Jurado por el que se fija el justiprecio de la finca expropiada núm. 406 del plano parcelario de la expropiación correspondiente al término municipal de Burgos, con referencia catastral: rústica, parcela 420 del polígono 16, afectada de expropiación
Se desestima el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sobre Impugnación de Normas Subsidiarias. Aunque el terreno en cuestión cuente con los servicios urbanísticos del dictamen pericial emitido y de las seis fotografías que le acompañan, se deduce claramente que las fincas no se encuentran en la malla urbana, sino fuera de ella. Esta es una valoración de la prueba he
Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto frente a Sentencia desestimatoria de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sede de Santa Cruz de Tenerife, sobre revocación de autorización de oficina de farmacia. La Sala declara que la Sentencia de instancia, tiene por probado, y eso es claramente valoración de la prueba y no como asegura el motivo criterio interpretativo de la misma, que la petición inicial delimitab
Justiprecio: no sistema general, no fuerte pendiente. Justipreacio de la variante
contra el acuerdo de 23 de febrero de 2.007 del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa por el que se desestima el recurso de reposición confirmándose el acuerdo del mismo Jurado de fecha 7 de julio de 2.006, por el que se fija el justiprecio de la finca expropiada núm. 204 del plano parcelario de la expropiación correspondiente al término municipal de Burgos, con referencia catastral: rústica, parcela 364 del polígono 105, afectada de expropiación por la ejecución de la obra
Se desestima el recurso de casación contra la sentencia dictada por la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sobre fijación del justiprecio en proceso de expropiación. Sólo cuando los pronunciamientos alegados como incompatibles sean antitéticos con el recurrido, puede declararse la doctrina correcta y, si procediese por exigencias de tal declaración, casar este último. En este supuesto, no cabe apreciar la triple id
Polígono 14 de la Variante; Ldo. Martín
POLIGONO 105 VARIANTE NACIONAL I MARTIN SAIZ SIN PENDIENTE NI DEMERITO
Polígono 105 Variante Nacional I Martín Sáiz sin pendiente con demerito
contra el acuerdo de fecha 20 de abril de 2.007 del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Burgos por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto por el anterior contra el acuerdo de 19 de enero de 2.007 del mismo Jurado por el que se fija el justiprecio de la finca expropiada núm. 406 del plano parcelario de la expropiación correspondiente al término municipal de Burgos, con referencia catastral: rústica, parcela 420 del polígono 16, afectada de expropiación
Se desestima el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sobre Impugnación de Normas Subsidiarias. Aunque el terreno en cuestión cuente con los servicios urbanísticos del dictamen pericial emitido y de las seis fotografías que le acompañan, se deduce claramente que las fincas no se encuentran en la malla urbana, sino fuera de ella. Esta es una valoración de la prueba he
Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto frente a Sentencia desestimatoria de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sede de Santa Cruz de Tenerife, sobre revocación de autorización de oficina de farmacia. La Sala declara que la Sentencia de instancia, tiene por probado, y eso es claramente valoración de la prueba y no como asegura el motivo criterio interpretativo de la misma, que la petición inicial delimitab
Justiprecio: no sistema general, no fuerte pendiente. Justipreacio de la variante
contra el acuerdo de 23 de febrero de 2.007 del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa por el que se desestima el recurso de reposición confirmándose el acuerdo del mismo Jurado de fecha 7 de julio de 2.006, por el que se fija el justiprecio de la finca expropiada núm. 204 del plano parcelario de la expropiación correspondiente al término municipal de Burgos, con referencia catastral: rústica, parcela 364 del polígono 105, afectada de expropiación por la ejecución de la obra
Se desestima el recurso de casación contra la sentencia dictada por la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sobre fijación del justiprecio en proceso de expropiación. Sólo cuando los pronunciamientos alegados como incompatibles sean antitéticos con el recurrido, puede declararse la doctrina correcta y, si procediese por exigencias de tal declaración, casar este último. En este supuesto, no cabe apreciar la triple id
Polígono 14 de la Variante; Ldo. Martín
POLIGONO 105 VARIANTE NACIONAL I MARTIN SAIZ SIN PENDIENTE NI DEMERITO
Polígono 105 Variante Nacional I Martín Sáiz sin pendiente con demerito