Jurisprudencia sobre Suelo rústico.
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Suelo urbanizable
Justiprecio
Indemnización por expropiación forzosa
Hoja de aprecio
Suelo no urbanizable
Orden
Administrativo
Constitucional
Supranacional
Ponente
Alonso Millan, Jose Matias
Revilla Revilla, Eusebio
Gonzalez Garcia, Maria Begoña
Herrero Pina, Octavio Juan
Vieites Perez, Carlos Damian
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Se declara haber lugar al recurso de casación interpuesto contra sentencia estimatoria de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 2ª) del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, sobre impugnación de justiprecio de finca expropiada para construcción de vía pública. La Sala declara que no es aplicable al caso la doctrina relativa a expropiaciones para comunicaciones que "hacen ciudad", ya que la parcela expropiada fue clasificada como suelo no urbanizable, o
URBANISMO. REVISIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. SUELO NO URBANIZABLE. VALORACIÓN DE LA PRUEBA.
contra el acuerdo de 24 de febrero de 2.006 del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Burgos por el que se fija el justiprecio de la finca expropiada núm. 063 del plano parcelario de la expropiación correspondiente al término municipal de Burgos, con referencia catastral: rústica, parcela 353 del polígono 18, afectada de expropiación por la ejecución de la obra pública ,Variante de la CN-I (Villafría) P.K. 244,000 al P.K. 249,000. Tramo: Villafría-Rubena. Clave: 43-BU-331
Variante C
Se declara haber lugar al recurso de casación interpuesto contra sentencia estimatoria de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección 2ª) del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, sobre impugnación de justiprecio de finca expropiada para construcción de vía pública. La Sala declara que no es aplicable al caso la doctrina relativa a expropiaciones para comunicaciones que "hacen ciudad", ya que la parcela expropiada fue clasificada como suelo no urbanizable, o
URBANISMO. REVISIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. SUELO NO URBANIZABLE. VALORACIÓN DE LA PRUEBA.
contra el acuerdo de 24 de febrero de 2.006 del Jurado Provincial de Expropiación Forzosa de Burgos por el que se fija el justiprecio de la finca expropiada núm. 063 del plano parcelario de la expropiación correspondiente al término municipal de Burgos, con referencia catastral: rústica, parcela 353 del polígono 18, afectada de expropiación por la ejecución de la obra pública ,Variante de la CN-I (Villafría) P.K. 244,000 al P.K. 249,000. Tramo: Villafría-Rubena. Clave: 43-BU-331
Variante C