Jurisprudencia sobre Sindicatos.
Filtros
Orden
Social
Constitucional
Supranacional
Ponente
Saiz De Marco, Isidro Mariano
Yuste Moreno, Jose Manuel
Bodas Martin, Ricardo
Gallo Llanos, Ramon
Segoviano Astaburuaga, Maria Luisa
/srv/alfresco/importar_alfresco/sentencias_juntas/xml_nuevo/158/resumen/1583463.html no existe
Tutela de los derechos de libertad sindical. Derecho de información de los delegados sindicales de la sección sindical de la Unión Sindical Independiente de Trabajadores-Empleados Públicos. Interpretación del artículo 10.3 de la
Tutela del derecho de libertad sindical. La comisión negociadora del Convenio no se constituyó de acuerdo con el nivel de representatividad que corresponde a los demandantes y el número de componentes del banco social no fue pactado por los negociadores sindicales, sino fijado por el Comité Intercentros que no negociaba. Se desestima el recurso.
CONFLICTO COLECTIVO. DISTINCIÓN ENTRE LAS COMISIONES NEGOCIADORAS Y LAS APLICADORAS. NO LIMITA EL DERECHO DE LIBERTAD SINDICAL EXCLUIR A LA CGT -NO FIRMANTE DEL CONVENIO COLECTIVO- DE PARTICIPAR EN COMISIONES CREADAS POR LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO, CON EL VOTO EN CONTRA DE AQUEL SINDICATO, PARA ESTUDIO Y FORMULACIÓN DE PROPUESTAS DE MERA APLICACIÓN QUE EN SU CASO HA DE APROBAR O RECHAZAR EL COMITÉ INTERCENTROS, DEL QUE SÍ FORMA PARTE LA CGT.
TUTELA DE DERECHOS DE LIBERTAD SINDICAL. PETICIÓN DE SINDICATO MINORITARIO DE FORMAR PARTE EN EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD. NO RIGE EL CRITERIO DE PROPORCIONALIDAD.
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Tutela de los derechos de libertad sindical. Derecho de información de los delegados sindicales de la sección sindical de la Unión Sindical Independiente de Trabajadores-Empleados Públicos. Interpretación del artículo 10.3 de la
Tutela del derecho de libertad sindical. La comisión negociadora del Convenio no se constituyó de acuerdo con el nivel de representatividad que corresponde a los demandantes y el número de componentes del banco social no fue pactado por los negociadores sindicales, sino fijado por el Comité Intercentros que no negociaba. Se desestima el recurso.
CONFLICTO COLECTIVO. DISTINCIÓN ENTRE LAS COMISIONES NEGOCIADORAS Y LAS APLICADORAS. NO LIMITA EL DERECHO DE LIBERTAD SINDICAL EXCLUIR A LA CGT -NO FIRMANTE DEL CONVENIO COLECTIVO- DE PARTICIPAR EN COMISIONES CREADAS POR LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO, CON EL VOTO EN CONTRA DE AQUEL SINDICATO, PARA ESTUDIO Y FORMULACIÓN DE PROPUESTAS DE MERA APLICACIÓN QUE EN SU CASO HA DE APROBAR O RECHAZAR EL COMITÉ INTERCENTROS, DEL QUE SÍ FORMA PARTE LA CGT.
TUTELA DE DERECHOS DE LIBERTAD SINDICAL. PETICIÓN DE SINDICATO MINORITARIO DE FORMAR PARTE EN EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD. NO RIGE EL CRITERIO DE PROPORCIONALIDAD.