Jurisprudencia por Shaw Morcillo, Luis.
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Cláusula suelo
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Daños y perjuicios
Condiciones generales de la contratación
Valoración de la prueba
Sentido del fallo
Estima
Desestima
Orden
Civil
Ponente
Shaw Morcillo, Luis
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Tribunal
AP - Jaen
AP - Malaga
Juzgados de lo Mercantil - Jaén
Juzgado de Primera Instancia - Jaén
Búsqueda: Ponente
SHAW MORCILLO, LUIS
Sentencia CIVIL Nº 913/2018, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 1681/2017, 26-09-2018
Primero.- En la presente apelación se ventilan tres pretensiones diferentes: la resuelta en el incidente 354.10/16 siendo apelante y demandante Construcciones Alcaraz Prial, S.L. con relación a la cuantía y calificación del crédito reconocido en la lista de acreedores; la resuelta en el incidente 354.11/16 siendo apelante y demandante D. Porfirio , con relación a la cuantía reconocida en la lista de acreedores; y la aducida ex novo por este apelante referente a la aprobación judicial del conveni
Sentencia CIVIL Nº 464/2019, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 589/2018, 08-05-2019
Primero.- Podemos adelantar ya que la apelación habrá de ser necesariamente rechazada, como la apelante de sobra conoce al haber sido resueltas las mismas cuestiones que de nuevo plantea en múltiples sentencias, al ajustarse los razonamientos de la sentencia de instancia a los criterios mantenidos por ésta y por la práctica totalidad de las Audiencias Provinciales de España, en aplicación de la doctrina emanada de nuestro Tribunal Supremo en la sentencia de 9 de mayo de 2013, reiterada por la de
Sentencia CIVIL Nº 1253/2018, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 66/2018, 26-12-2018
Primero.- La demanda presentada en su día por la SCA Alrrurrapi distingue tres conceptos objeto de reclamación: .- Factura por la venta de aceituna a UNION DE UBEDA S.C.A. de 63.097 kilos por importe de 48.625,07€..- Factura por la venta de aceituna a UNION DE UBEDA S.C.A. de 14.631 kilos por importe de 11.503,48€..- Liquidación bonificación por entrega de aceituna vuelo (árbol) mentada como API 944.424 KG a razón de 0,0600€.: 58.932,06€.Segundo.- Debemos partir en la pre
Sentencia CIVIL Nº 277/2019, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 349/2018, 14-03-2019
Primero.- Se interpone recurso de apelación por la parte actora contra la sentencia por la que se estima parcialmente la demanda interpuesta.Denuncia como primer motivo error en la valoración de la prueba en relación con los días impeditivos, no impeditivos y las secuelas. Con respecto a los primeros considera que la explicación dada por los doctores Dª Gregoria y D. Luis Alberto sobre los días impeditivos y no impeditivos fue minuciosa, determinando que los 64 días impeditivos son los d
Sentencia CIVIL Nº 765/2018, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 1365/2017, 11-07-2018
Primero.- Podemos adelantar ya que la apelación habrá de ser necesariamente rechazada, como la apelante de sobra conoce al haber sido resueltas las mismas cuestiones que de nuevo plantea en múltiples sentencias, al ajustarse los razonamientos de la sentencia de instancia a los criterios mantenidos por ésta y por la práctica totalidad de las Audiencias Provinciales de España, en aplicación de la doctrina emanada de nuestro Tribunal Supremo en la sentencia de 9 de mayo de 2013 , reiterada por la d
Sentencia CIVIL Nº 1161/2018, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 1411/2018, 28-11-2018
Primero.- Podemos adelantar ya que la apelación habrá de ser necesariamente rechazada, como la apelante de sobra conoce al haber sido resueltas las mismas cuestiones que de nuevo plantea en múltiples sentencias, al ajustarse los razonamientos de la sentencia de instancia a los criterios mantenidos por ésta y por la práctica totalidad de las Audiencias Provinciales de España, en aplicación de la doctrina emanada de nuestro Tribunal Supremo en la sentencia de 9 de mayo de 2013 , reiterada por la d
Sentencia CIVIL Nº 362/2019, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 435/2018, 03-04-2019
Primero.- El objeto principal del procedimiento consiste en la resolución de los contratos suscritos por los apelantes con EXCAVACIONES Y RIEGOS ASETNIS Y BAUTISTA, S.L., (contratos privados de fecha 27/06/2007, 8/05/2007 y 22/06/2011) para la realización de una obra para riego desde la red general de la Comunidad de Regantes Colorines Bruñel y Mojonera (hoy Guadiana Menor) hasta los límites de sus respectivas parcelas. La sentencia de instancia desestima la demanda, y estima la reconvención, al
Sentencia CIVIL Nº 1238/2018, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 45/2018, 19-12-2018
Primero.- Podemos adelantar ya que la apelación habrá de ser necesariamente rechazada, como la apelante de sobra conoce al haber sido resueltas las mismas cuestiones que de nuevo plantea en múltiples sentencias, al ajustarse los razonamientos de la sentencia de instancia a los criterios mantenidos por ésta y por la práctica totalidad de las Audiencias Provinciales de España, en aplicación de la doctrina emanada de nuestro Tribunal Supremo en la sentencia de 9 de mayo de 2013 , reiterada por la d
Sentencia CIVIL Nº 655/2018, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 1465/2017, 20-06-2018
Primero.- Podemos adelantar ya que la apelación habrá de ser necesariamente rechazada, como la apelante de sobra conoce al haber sido resueltas las mismas cuestiones que de nuevo plantea en múltiples sentencias, al ajustarse los razonamientos de la sentencia de instancia a los criterios mantenidos por ésta y por la práctica totalidad de las Audiencias Provinciales de España, en aplicación de la doctrina emanada de nuestro Tribunal Supremo en la sentencia de 9 de mayo de 2013 , reiterada por la d
Sentencia CIVIL Nº 156/2019, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 285/2018, 13-02-2019
Primero.- La sentencia de instancia declara la nulidad de la conocida como cláusula de gastos y en cuanto que impone al prestatario los honorarios del Notario, los aranceles del Registrador, gastos de gestoría y la totalidad del impuesto sobre actos jurídicos documentados.Segundo .- Nulidad de la cláusula de gastos Con relación a la conocida como cláusula de gastos se plantea en tres extremos: impuesto de actos jurídicos documentados, gastos de notaría e impuestos.En nuestra sent
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Sentencia CIVIL Nº 913/2018, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 1681/2017, 26-09-2018
Primero.- En la presente apelación se ventilan tres pretensiones diferentes: la resuelta en el incidente 354.10/16 siendo apelante y demandante Construcciones Alcaraz Prial, S.L. con relación a la cuantía y calificación del crédito reconocido en la lista de acreedores; la resuelta en el incidente 354.11/16 siendo apelante y demandante D. Porfirio , con relación a la cuantía reconocida en la lista de acreedores; y la aducida ex novo por este apelante referente a la aprobación judicial del conveni
Sentencia CIVIL Nº 464/2019, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 589/2018, 08-05-2019
Primero.- Podemos adelantar ya que la apelación habrá de ser necesariamente rechazada, como la apelante de sobra conoce al haber sido resueltas las mismas cuestiones que de nuevo plantea en múltiples sentencias, al ajustarse los razonamientos de la sentencia de instancia a los criterios mantenidos por ésta y por la práctica totalidad de las Audiencias Provinciales de España, en aplicación de la doctrina emanada de nuestro Tribunal Supremo en la sentencia de 9 de mayo de 2013, reiterada por la de
Sentencia CIVIL Nº 1253/2018, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 66/2018, 26-12-2018
Primero.- La demanda presentada en su día por la SCA Alrrurrapi distingue tres conceptos objeto de reclamación: .- Factura por la venta de aceituna a UNION DE UBEDA S.C.A. de 63.097 kilos por importe de 48.625,07€..- Factura por la venta de aceituna a UNION DE UBEDA S.C.A. de 14.631 kilos por importe de 11.503,48€..- Liquidación bonificación por entrega de aceituna vuelo (árbol) mentada como API 944.424 KG a razón de 0,0600€.: 58.932,06€.Segundo.- Debemos partir en la pre
Sentencia CIVIL Nº 277/2019, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 349/2018, 14-03-2019
Primero.- Se interpone recurso de apelación por la parte actora contra la sentencia por la que se estima parcialmente la demanda interpuesta.Denuncia como primer motivo error en la valoración de la prueba en relación con los días impeditivos, no impeditivos y las secuelas. Con respecto a los primeros considera que la explicación dada por los doctores Dª Gregoria y D. Luis Alberto sobre los días impeditivos y no impeditivos fue minuciosa, determinando que los 64 días impeditivos son los d
Sentencia CIVIL Nº 765/2018, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 1365/2017, 11-07-2018
Primero.- Podemos adelantar ya que la apelación habrá de ser necesariamente rechazada, como la apelante de sobra conoce al haber sido resueltas las mismas cuestiones que de nuevo plantea en múltiples sentencias, al ajustarse los razonamientos de la sentencia de instancia a los criterios mantenidos por ésta y por la práctica totalidad de las Audiencias Provinciales de España, en aplicación de la doctrina emanada de nuestro Tribunal Supremo en la sentencia de 9 de mayo de 2013 , reiterada por la d
Sentencia CIVIL Nº 1161/2018, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 1411/2018, 28-11-2018
Primero.- Podemos adelantar ya que la apelación habrá de ser necesariamente rechazada, como la apelante de sobra conoce al haber sido resueltas las mismas cuestiones que de nuevo plantea en múltiples sentencias, al ajustarse los razonamientos de la sentencia de instancia a los criterios mantenidos por ésta y por la práctica totalidad de las Audiencias Provinciales de España, en aplicación de la doctrina emanada de nuestro Tribunal Supremo en la sentencia de 9 de mayo de 2013 , reiterada por la d
Sentencia CIVIL Nº 362/2019, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 435/2018, 03-04-2019
Primero.- El objeto principal del procedimiento consiste en la resolución de los contratos suscritos por los apelantes con EXCAVACIONES Y RIEGOS ASETNIS Y BAUTISTA, S.L., (contratos privados de fecha 27/06/2007, 8/05/2007 y 22/06/2011) para la realización de una obra para riego desde la red general de la Comunidad de Regantes Colorines Bruñel y Mojonera (hoy Guadiana Menor) hasta los límites de sus respectivas parcelas. La sentencia de instancia desestima la demanda, y estima la reconvención, al
Sentencia CIVIL Nº 1238/2018, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 45/2018, 19-12-2018
Primero.- Podemos adelantar ya que la apelación habrá de ser necesariamente rechazada, como la apelante de sobra conoce al haber sido resueltas las mismas cuestiones que de nuevo plantea en múltiples sentencias, al ajustarse los razonamientos de la sentencia de instancia a los criterios mantenidos por ésta y por la práctica totalidad de las Audiencias Provinciales de España, en aplicación de la doctrina emanada de nuestro Tribunal Supremo en la sentencia de 9 de mayo de 2013 , reiterada por la d
Sentencia CIVIL Nº 655/2018, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 1465/2017, 20-06-2018
Primero.- Podemos adelantar ya que la apelación habrá de ser necesariamente rechazada, como la apelante de sobra conoce al haber sido resueltas las mismas cuestiones que de nuevo plantea en múltiples sentencias, al ajustarse los razonamientos de la sentencia de instancia a los criterios mantenidos por ésta y por la práctica totalidad de las Audiencias Provinciales de España, en aplicación de la doctrina emanada de nuestro Tribunal Supremo en la sentencia de 9 de mayo de 2013 , reiterada por la d
Sentencia CIVIL Nº 156/2019, AP - Jaen, Sec. 1, Rec 285/2018, 13-02-2019
Primero.- La sentencia de instancia declara la nulidad de la conocida como cláusula de gastos y en cuanto que impone al prestatario los honorarios del Notario, los aranceles del Registrador, gastos de gestoría y la totalidad del impuesto sobre actos jurídicos documentados.Segundo .- Nulidad de la cláusula de gastos Con relación a la conocida como cláusula de gastos se plantea en tres extremos: impuesto de actos jurídicos documentados, gastos de notaría e impuestos.En nuestra sent