Sentencia Supranacional N...re de 2014

Última revisión
18/05/2016

Sentencia Supranacional Nº T-399/11, Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 07 de Noviembre de 2014

Tiempo de lectura: 83 min

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Relacionados:

Orden: Supranacional

Fecha: 07 de Noviembre de 2014

Tribunal: Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Nº de sentencia: T-399/11

Núm. Cendoj: 62011TJ0399

Resumen
Ayudas de Estado - Disposiciones relativas al impuesto sobre sociedades que permiten a las empresas con domicilio fiscal en España amortizar el fondo de comercio resultante de adquisiciones de participaciones en empresas con domicilio fiscal en el extranjero - Decisión que califica de ayuda de Estado este régimen y que declara esta ayuda incompatible con el mercado interior y ordena su recuperación - Concepto de ayuda de Estado - Carácter selectivo - Identificación de una categoría de empresas favorecidas por la medida - Inexistencia - Infracción del artículo 107 TFUE, apartado 1.Doctrina:Panero Rivas, Jose Manuel ; Buendía Sierra, José Luis: El Tribunal general de la Unión europea anula la evaluación por la comisión europea del art. 12.5 TRLIS como una ayuda de estado ilegal e incompatible, Revista Aranzadi Doctrinal 2015 nº 3 p.147-151 (ES)Vogel, Nina: EuG: Wann ist eine Steuerregelung i. S. d. EU-Beihilfenrechts selektiv?, Betriebs-Berater 2014 p.2920 (DE)Giraud, Adrien ; Petit, Sylvain: Spanish Fiscal Aid Cases: the Good, the Bad and the Unclear, European State Aid Law Quarterly 2015 p.295-300 (EN)Temple Lang, John: Autogrill Espana and Banco Santander: The Concept of "General" Tax Measures Clarified for State Aid, European Law Review 2015 p.763-768 (EN)

Voces

Fondo de comercio

Amortización fiscal

Impuesto sobre sociedades

Sociedad de responsabilidad limitada

Holding

Inversiones

Comunidades europeas

Recurso de anulación

Base imponible Impuesto sobre sociedades

Actividades empresariales en el extranjero

Valores representativos del capital social

Valor de mercado

Error de derecho

Falseamiento de la competencia

Grandes empresas

Medios económicos suficientes

Sociedad de capital

Responsabilidad limitada

Actividades empresariales

Domicilio fiscal

Reembolso

Establecimiento permanente

Encabezamiento

En el asunto T‑399/11,

Banco Santander, S.A. , con domicilio social en Santander,

Santusa Holding, S.L. , con domicilio social en Boadilla del Monte (Madrid),

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