Sentencia Supranacional N...re de 2008

Última revisión
26/11/2008

Sentencia Supranacional Nº T-263/06, Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 26 de Noviembre de 2008

Tiempo de lectura: 8 min

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Relacionados:

Orden: Supranacional

Fecha: 26 de Noviembre de 2008

Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea

Nº de sentencia: T-263/06

Núm. Cendoj: 62006TJ0263


Fundamentos





Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Octava) de 26 de noviembre de 2008 — Grecia/Comisión

(Asunto T‑263/06)

«FEOGA — Sección Garantía — Gastos excluidos de la financiación comunitaria — Medidas de acompañamiento al desarrollo rural — Plazo de 24 meses — Evaluación de los gastos que deben excluirse — Controles clave — Principio de non bis in idem — Extrapolación de las comprobaciones de deficiencias — Principio de proporcionalidad»

1.                     Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas — Evaluación de los gastos que deben excluirse de la financiación comunitaria — Comunicación posterior a la comunicación de los resultados de las verificaciones y a las discusiones con el Estado miembro [Reglamento (CE) nº 1258/1999 del Consejo, art. 7, ap. 4, párr. 4; Reglamento (CE) nº 1663/95 de la Comisión, en su versión modificada por el Reglamento (CE) nº 2245/1999, art. 8, ap. 1] (véanse los apartados 65 a 67)

2.                     Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEOGA — Procedimiento de liquidación de cuentas — Procedimiento de conciliación — Dictamen emitido por la Comisión tras la celebración de la reunión bilateral — Inexistencia de efectos obligatorios [Reglamento (CE) nº 1663/95 de la Comisión, en su versión modificada por el Reglamento (CE) nº 2245/1999, art. 8) (véase el apartado 75)

3.                     Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas — Limitación de la facultad de denegar la financiación — Plazo de veinticuatro meses — Inicio del cómputo — Comunicación por la Comisión de los resultados de las verificaciones — Contenido — Obligación de presentar una evaluación de los gastos que deben excluirse — Inexistencia [Reglamento (CE) nº 1258/1999 del Consejo, art. 7, ap. 4, párr. 5; Reglamento (CE) nº 1663/95 de la Comisión, en su versión modificada por el Reglamento (CE) nº 2245/1999, art. 8, ap. 1] (véanse los apartados 86 a 88)

4.                     Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas — No asunción de los gastos resultantes de irregularidades en la aplicación de la normativa comunitaria — Impugnación por el Estado miembro afectado — Carga de la prueba — Reparto entre la Comisión y el Estado miembro (véase el apartado 96)

5.                     Actos de las instituciones — Reglamentos — Reglamento que establece medidas específicas de control — Inexistencia de facultad de apreciación de los Estados miembros — No ejecución — Justificación — Mayor eficacia de otro sistema de control — Improcedencia (véanse los apartados 101 y 102)

6.                     Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas — No asunción de los gastos resultantes de irregularidades en la aplicación de la normativa comunitaria — Introducción de una modulación de la no asunción de los gastos en función del riesgo creado para el FEOGA por la gravedad de la omisión imputable a las autoridades nacionales de control — Impugnación por el Estado miembro afectado — Carga de la prueba (véase el apartado 169)

7.                     Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEOGA — Principios — Obligación de la Comisión de no asumir los gastos irregulares — Irregularidades toleradas durante un ejercicio por razones de equidad — Aplicación estricta de la normativa durante el ejercicio siguiente — Violación de los principios de seguridad jurídica y de protección de la confianza legítima — Inexistencia (véase el apartado 171)

8.                     Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEOGA — Principios — Conformidad de los gastos con las normas comunitarias — Obligación de control a cargo de los Estados miembros [Art. 10 CE; Reglamento (CE) nº 1258/1999 del Consejo, art. 8, ap. 1] (véanse los apartados 185 y 186)

Objeto

Solicitud de anulación de la Decisión 2006/554/CE de la Comisión, de 27 de julio de 2006, por la que se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) (DO L 218, p. 12), en la medida en que excluye determinados gastos efectuados por la República Helénica en el sector de las medidas de acompañamiento al desarrollo rural.

Fallo

1)

Desestimar el recurso

2)

Condenar en costas a la República Helénica.

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