Última revisión
Sentencia Supranacional Nº T-263/06, Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 26 de Noviembre de 2008
Relacionados:
Orden: Supranacional
Fecha: 26 de Noviembre de 2008
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Nº de sentencia: T-263/06
Núm. Cendoj: 62006TJ0263
Fundamentos
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Octava) de 26 de noviembre de 2008 — Grecia/Comisión
(Asunto Tâ€263/06)
«FEOGA — Sección Garantía — Gastos excluidos de la financiación comunitaria — Medidas de acompañamiento al desarrollo rural — Plazo de 24 meses — Evaluación de los gastos que deben excluirse — Controles clave — Principio de non bis in idem — Extrapolación de las comprobaciones de deficiencias — Principio de proporcionalidad»
1. Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas — Evaluación de los gastos que deben excluirse de la financiación comunitaria — Comunicación posterior a la comunicación de los resultados de las verificaciones y a las discusiones con el Estado miembro [Reglamento (CE) nº 1258/1999 del Consejo, art. 7, ap. 4, párr. 4; Reglamento (CE) nº 1663/95 de la Comisión, en su versión modificada por el Reglamento (CE) nº 2245/1999, art. 8, ap. 1] (véanse los apartados 65 a 67)
2. Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEOGA — Procedimiento de liquidación de cuentas — Procedimiento de conciliación — Dictamen emitido por la Comisión tras la celebración de la reunión bilateral — Inexistencia de efectos obligatorios [Reglamento (CE) nº 1663/95 de la Comisión, en su versión modificada por el Reglamento (CE) nº 2245/1999, art. 8) (véase el apartado 75)
3. Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas — Limitación de la facultad de denegar la financiación — Plazo de veinticuatro meses — Inicio del cómputo — Comunicación por la Comisión de los resultados de las verificaciones — Contenido — Obligación de presentar una evaluación de los gastos que deben excluirse — Inexistencia [Reglamento (CE) nº 1258/1999 del Consejo, art. 7, ap. 4, párr. 5; Reglamento (CE) nº 1663/95 de la Comisión, en su versión modificada por el Reglamento (CE) nº 2245/1999, art. 8, ap. 1] (véanse los apartados 86 a 88)
4. Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas — No asunción de los gastos resultantes de irregularidades en la aplicación de la normativa comunitaria — Impugnación por el Estado miembro afectado — Carga de la prueba — Reparto entre la Comisión y el Estado miembro (véase el apartado 96)
5. Actos de las instituciones — Reglamentos — Reglamento que establece medidas específicas de control — Inexistencia de facultad de apreciación de los Estados miembros — No ejecución — Justificación — Mayor eficacia de otro sistema de control — Improcedencia (véanse los apartados 101 y 102)
6. Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas — No asunción de los gastos resultantes de irregularidades en la aplicación de la normativa comunitaria — Introducción de una modulación de la no asunción de los gastos en función del riesgo creado para el FEOGA por la gravedad de la omisión imputable a las autoridades nacionales de control — Impugnación por el Estado miembro afectado — Carga de la prueba (véase el apartado 169)
7. Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEOGA — Principios — Obligación de la Comisión de no asumir los gastos irregulares — Irregularidades toleradas durante un ejercicio por razones de equidad — Aplicación estricta de la normativa durante el ejercicio siguiente — Violación de los principios de seguridad jurídica y de protección de la confianza legítima — Inexistencia (véase el apartado 171)
8. Agricultura — Política agrícola común — Financiación por el FEOGA — Principios — Conformidad de los gastos con las normas comunitarias — Obligación de control a cargo de los Estados miembros [Art. 10 CE; Reglamento (CE) nº 1258/1999 del Consejo, art. 8, ap. 1] (véanse los apartados 185 y 186)
Objeto
Solicitud de anulación de la Decisión 2006/554/CE de la Comisión, de 27 de julio de 2006, por la que se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) (DO L 218, p. 12), en la medida en que excluye determinados gastos efectuados por la República Helénica en el sector de las medidas de acompañamiento al desarrollo rural. |
Fallo
1) |
Desestimar el recurso |
2) |
Condenar en costas a la República Helénica. |