Última revisión
22/06/2001
Sentencia Social Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Rec 1282/1998 de 22 de Junio de 2001
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 22 de Junio de 2001
Tribunal: TSJ Galicia
Ponente: RON CURIEL, RICARDO
Nº de recurso: 1282/1998
Núm. Cendoj: 15030340012001100540
Núm. Ecli: ES:TSJGAL:2001:5133
Núm. Roj: STSJ GAL 5133/2001
Resumen
La codemandada doña Rosalía C viene trabajando, como empleada de hogar, en el domicilio del demandante, calle Puente 40, de Lalín, desde el 10 de marzo de 1989. Además, trabaja como empleada de hogar para otra persona, ajena a la litis. En razón de estos servicios está dada de alta en el Régimen Especial de Empleados de Hogar, desde el 1 de abril de dicho año; habiendo cotizado hasta la actualidad a tal Régimen. Dos del Real Decreto 1425/85, de 1 de agosto. En definitiva, los servicios que la codemandada, doña Rosalía C, viene prestando -para el demandante y otro cabeza de familia-, a efectos de afiliación a la Seguridad Social, no puede tener otro encuadramiento que en el Régimen Especial de Empleados de Hogar, por imperio de lo normado en el art. 6.b) del Decreto de 25 de septiembre de 1969 y art. 49 del Real Decreto 84/96 de 26 de enero, y art. 10.2. e) de la Ley General de la Seguridad Social.Se desestima el recurso.
Voces
Empleados de hogar
Tesorería General de la Seguridad Social
Alta en el RETA
Relaciones laborales de carácter especial
Alta en el Régimen General
Representación procesal
Sanciones laborales
Presunción de certeza
Fuerza probatoria
Trabajador por cuenta ajena
Régimen General de la Seguridad Social
Afiliación a la Seguridad Social
Intervención de abogado
Ver el documento "Sentencia Social Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Rec 1282/1998 de 22 de Junio de 2001"
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