Sentencia Social Tribunal...re de 2007

Última revisión
23/10/2007

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 5224/2005 de 23 de Octubre de 2007

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Orden: Social

Fecha: 23 de Octubre de 2007

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: AGUSTI JULIA, JORDI

Nº de recurso: 5224/2005

Núm. Cendoj: 28079140012007101596

Núm. Ecli: ES:TS:2007:8878

Resumen
Se estima parcialmente el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sobre pensión de jubilación. Las cotizaciones ficticias en nuestro Régimen Especial del Mar son realmente computables para el cálculo de la prorrata temporis como periodos de seguro. Para el cálculo de la prorrata únicamente han de tenerse en cuenta el número máximo de días de cotización precisos para acceder a la prestación en España, esto es, 35 años ó 12.775 días, en vez de totalizarse el número de cotizaciones computables en España y en Holanda.

Voces

Prestación de jubilación

Bonificaciones

Cotizaciones ficticias

Base reguladora mensual

Coeficiente reductor

Cuestiones prejudiciales

Régimen especial de trabajadores del mar

Edad de jubilación

Trabajador por cuenta ajena

Derecho a la libre circulación

Instituto Social de la Marina

Ocupación efectiva

Cuantía de las prestaciones

Reconocimiento de las prestaciones

Trabajadores del mar

Período de carencia

Trabajador autónomo

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