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Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2794/2005 de 21 de Diciembre de 2006
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Legislación
Orden: Social
Fecha: 21 de Diciembre de 2006
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: AGUSTI JULIA, JORDI
Núm. Cendoj: 28079140012006101177
Núm. Ecli: ES:TS:2006:8572
Resumen
Se estima de oficio la excepción de incompetencia en los autos seguidos ante el Juzgado de lo Social número 22 de Madrid, en el que luego recayó la sentencia de Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sobre reclamación de cuotas de caracter colegial.A partir de la entrada en vigor del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, corresponde a los Tribunales del orden contencioso administrativo, la competencia para conocer de los litigios del personal del Servicio de Salud, considerando que los Servicios de Sanidad Pública han dejado de ser responsabilidad de las entidades gestoras de la Seguridad Social, por haberse transferido los servicios a todas las Comunidades Autónomas, regido totalmente por normas de Derecho Administrativo, por lo que se declara de oficio la incompetencia por razón de la materia de los Juzgados y Tribunales del orden social.
Voces
Categoría profesional
Reclamación de cantidad
Entidades Gestoras de la Seguridad Social
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintiuno de Diciembre de dos mil seis.
Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la unificación …
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