Última revisión
Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1780/2009 de 10 de Diciembre de 2009
Texto
Relacionados:
Voces
Jurisprudencia
Prácticos
Formularios
Resoluciones
Temas
Legislación
Orden: Social
Fecha: 10 de Diciembre de 2009
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: AGUSTI JULIA, JORDI
Núm. Cendoj: 28079140012009100940
Núm. Ecli: ES:TS:2009:8102
Resumen
II Convenio colectivo único personal laboral Administración General Estado: interpretación Disposición adicional 2ª: complemento singular de puesto a los puestos ocupados del anterior grupo profesional III en la modalidad A2.- La norma es aplicable exclusivamente a quienes en el I CUAGE estaban encuadrados en su ahora extinto Grupo III desempeñando los puestos correspondientes a tal Grupo, pero sin crear derechos a favor de quienes perteneciendo a otros Grupos del anterior Convenio pudieran haber desempeñado en determinados periodos funciones correspondientes a categoría superior a la que les correspondía en aquel momento.- La posible desigualdad retributiva cabe calificarla como objetiva y razonable. Reitera doctrina de la sentencia de 19 de mayo de 2009 (rec. 2788/2008), dictada en asunto idéntico.
Voces
Grupo profesional
Clasificación profesional
Puesto de trabajo
Convenio colectivo
Reclamación de cantidad
Categoría profesional
Ascenso
Movilidad funcional
Recibo de salarios
Voluntad de las partes
Salario base
Formación profesional
Nivel de cualificación profesional
Convenio colectivo aplicable
Representación procesal
Honorario profesional del abogado
Fundamentos
SENTENCIA
Número de Recurso: 1780/2009Procedimiento: SOCIAL
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a diez de Diciembre de dos mil nueve
Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en …
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 5 sentencias
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder