Última revisión
04/04/2012
Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1481/2011 de 04 de Abril de 2012
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 04 de Abril de 2012
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: ALARCON CARACUEL, MANUEL RAMON
Nº de recurso: 1481/2011
Núm. Cendoj: 28079140012012100237
Núm. Ecli: ES:TS:2012:2921
Resumen
RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.- Trabajador autónomo económicamente dependiente.- Incompetencia de jurisdicción.- Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra Sentencia desestimatoria, por incompetencia de jurisdiccion, de la Sala de lo Social del TSJv de Cataluña, sobre reclamación de cantidad.La Sala declara que para los contratos que se suscriban a partir de la entrada en vigor de la LETA, se aplica el régimen previsto en la misma (disposición transitoria 1ª.3 º y disposición transitoria 2ª.2º del Real Decreto 197/2009 ). Pero para los contratos suscritos con anterioridad se mantiene el régimen anterior -civil o mercantil puros sin incorporación de las garantías sociales- durante los plazos que específicamente se establecen en las disposiciones mencionadas.Los contratos suscritos con anterioridad continúan aplicándose, salvo que se produzca su adaptación a la Ley, momento a partir del cual se aplicarán los preceptos de ésta, lo que sucederá también cuando hayan transcurrido los plazos, siempre que se reúnan las exigencias del art. 11 LETA y se cumpla la exigencia del art. 12.2 LETA en los términos examinados.Aplicando esta doctrina al caso presente, dado que la citada adaptación no se ha producido, pese a la -seguramente extemporánea- notificación del trabajador a la empresa cliente sobre su condición de económicamente dependiente de la misma, procede desestimar el recurso y confirmar la Sentencia recurrida.
Voces
Autónomo económicamente dependiente
Trabajador autónomo
Daños y perjuicios
Partes del proceso
Fondo del asunto
Reclamación de cantidad
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