Última revisión
09/02/2009
Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1264/2008 de 09 de Febrero de 2009
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 09 de Febrero de 2009
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SOUTO PRIETO, JESUS
Nº de recurso: 1264/2008
Núm. Cendoj: 28079140012009100088
Resumen
Recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto frente a la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid de fecha 6 de febrero de 2008, dictada en el recurso de suplicación número 69/2008CONTRATO DE TRABAJO. PACTO DE NO COMPETENCIA POSTCONTRACTUAL: CLÁUSULA PENAL EN VIRTUD DE LA CUAL SI EL TRABAJADOR INCUMPLIESE EL PACTO HABRÁ DE DEVOLVER EL DOBLE DE LA INDEMNIZACIÓN PERCIBIDA COMO COMPENSACIÓN. NO SUPONE DISPOSICIÓN DE DERECHOS IRRENUNCIABLES (ART. 3.5 ET). NO SE PLANTEA EL POSIBLE CARÁCTER ABUSIVO DE LA CLÁUSULA (ART. 7.2 C.C.). SE ESTIMA RECURSO.PACTO DE NO CONCURRENCIA POSTCONTRACTUAL: CLÁUSULA PENAL POR INCUMPLIMIENTO. Reclama la empresa el cumplimiento literal de una cláusula de no competencia postcontractual, demanda que fue desestimada en la instancia y en suplicación. El demandado ha venido prestando servicios para la parte actora desde el 10 de octubre de 1996 con la categoría profesional de Comercial Técnico de Organización, comunicando el 22 de agosto de 2005 su decisión de causar baja voluntaria en la empresa. La empresa y el trabajador formalizaron el 1 de enero de 2001 un pacto de no competencia, en el que se estableció en lo que ahora interesa que "en caso de que el trabajador incumpla lo dispuesto en esta cláusula, deberá satisfacer a la Sociedad, el doble de la cantidad que, de acuerdo con lo estipulación haya percibido el trabajador en virtud de este pacto de no competencia, en concepto de indemnización por los perjuicios causados a la misma", siendo dicha cantidad la que se reclama en la demanda rectora de autos. La sentencia impugnada considera que la cláusula supone renuncia de derechos indisponibles e invalidó la cláusula penal que obligaba al trabajador a indemnizar con determinada cantidad; la Sala Cuarta del TS, por el contrario, considera que no hay renuncia de derechos y como no se plantea por el recurrente si la indemnización es proporcional no puede pronunciarse sobre esa cuestión, de forma que estima la demanda y condena al trabajador demandado que incumplió el pacto de no concurrencia postcontracutal a indemnizar al empresario con la cantidad estipulada.
Voces
Pacto de no competencia
Reclamación de cantidad
Pacto de no concurrencia
Categoría profesional
Dimisión del trabajador
Cuantía de la indemnización
Resarcimiento del daño
Daños y perjuicios
Ius cogens
Convenio colectivo
Derecho de defensa
Buena fe
Deberes de los trabajadores
Pacto de no competencia postcontractual
Irrenunciabilidad de derechos
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