Última revisión
Sentencia Social Tribunal Supremo, Rec 780/2008 de 26 de Noviembre de 2008
Relacionados:
Orden: Social
Fecha: 26 de Noviembre de 2008
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: GULLON RODRIGUEZ, JESUS
Resumen
Voces
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Jubilación parcial
Inadmision del recurso de casación
Contrato de relevo
Expediente de regulación de empleo
Encabezamiento
En la Villa de Madrid, a veintiséis de Noviembre de dos mil ocho.
Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. JESÚS GULLÓN RODRÍGUEZ
Antecedentes
PRIMERO.- Por el juzgado de lo Social Nº 2 de los de Zaragoza se dictó Sentencia en fecha 26 de octubre de 2.007, en el procedimiento nº 508/07 seguido a instancia de SGRIMA S.L. contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y DON Evaristo, sobre jubilación parcial, que estimaba la pretensión formulada.
SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Aragón, en fecha 4 de febrero de 2.008, que desestimaba el recurso interpuesto y, en consecuencia, confirmaba la sentencia impugnada.
TERCERO.- Por escrito de fecha 6 de marzo de 2.008 se formalizó por el letrado de la administración de la Seguridad Social Don Alberto Lorente Alvarez , en nombre y representación de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, recurso de casación para la unificación de doctrina contra la Sentencia de la Sala de lo Social antes citada.
CUARTO.- Esta Sala, por providencia de fecha 30 de septiembre de 2.008 acordó abrir el trámite de inadmisión, por falta de contenido casacional. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en el plazo de tres días hiciera alegaciones, lo que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión del recurso.
Fundamentos
En la Villa de Madrid, a veintiséis de Noviembre de dos mil ocho.
Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. JESÚS GULLÓN RODRÍGUEZ
PRIMERO.- Por el juzgado de lo Social Nº 2 de los de Zaragoza se dictó Sentencia en fecha 26 de octubre de 2.007, en el procedimiento nº 508/07 seguido a instancia de SGRIMA S.L. contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y DON Evaristo, sobre jubilación parcial, que estimaba la pretensión formulada.
SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Aragón, en fecha 4 de febrero de 2.008, que desestimaba el recurso interpuesto y, en consecuencia, confirmaba la sentencia impugnada.
TERCERO.- Por escrito de fecha 6 de marzo de 2.008 se formalizó por el letrado de la administración de la Seguridad Social Don Alberto Lorente Alvarez , en nombre y representación de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, recurso de casación para la unificación de doctrina contra la Sentencia de la Sala de lo Social antes citada.
CUARTO.- Esta Sala, por providencia de fecha 30 de septiembre de 2.008 acordó abrir el trámite de inadmisión, por falta de contenido casacional. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en el plazo de tres días hiciera alegaciones, lo que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión del recurso.
Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado de la administración de la Seguridad Social Don Alberto Lorente Alvarez en nombre y representación de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Aragón de fecha 4 de febrero de 2.008, en el recurso de suplicación número 27/08, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 2 de los de Zaragoza de fecha 26 de octubre de 2.007, en el procedimiento nº 508/07 seguido a instancia de SGRIMA S.L. contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y DON Evaristo, sobre jubilación parcial.
Se declara la firmeza de la Sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente.
Contra este auto no cabe recurso alguno.
Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.
Así lo acordamos, mandamos y firmamos.
Fallo
Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado de la administración de la Seguridad Social Don Alberto Lorente Alvarez en nombre y representación de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Aragón de fecha 4 de febrero de 2.008, en el recurso de suplicación número 27/08, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 2 de los de Zaragoza de fecha 26 de octubre de 2.007, en el procedimiento nº 508/07 seguido a instancia de SGRIMA S.L. contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y DON Evaristo, sobre jubilación parcial.
Se declara la firmeza de la Sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente.
Contra este auto no cabe recurso alguno.
Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.
Así lo acordamos, mandamos y firmamos.
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