Sentencia Social Tribunal...re de 2008

Última revisión
26/11/2008

Sentencia Social Tribunal Supremo, Rec 780/2008 de 26 de Noviembre de 2008

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Orden: Social

Fecha: 26 de Noviembre de 2008

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: GULLON RODRIGUEZ, JESUS

Resumen
JUBILACIÓN PARCIAL Y CONTRATO DE RELEVO. EXTINCIÓN DE TODOS LOS CONTRATOS EN EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO. INTERPRETACIÓN DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL 2ª DEL RD 1131/2002. FALTA DE CONTENIDO CASACIONAL.

Voces

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Jubilación parcial

Inadmision del recurso de casación

Contrato de relevo

Expediente de regulación de empleo

Encabezamiento

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiséis de Noviembre de dos mil ocho.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. JESÚS GULLÓN RODRÍGUEZ

Antecedentes

PRIMERO.- Por el juzgado de lo Social Nº 2 de los de Zaragoza se dictó Sentencia en fecha 26 de octubre de 2.007, en el procedimiento nº 508/07 seguido a instancia de SGRIMA S.L. contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y DON Evaristo, sobre jubilación parcial, que estimaba la pretensión formulada.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Aragón, en fecha 4 de febrero de 2.008, que desestimaba el recurso interpuesto y, en consecuencia, confirmaba la sentencia impugnada.

TERCERO.- Por escrito de fecha 6 de marzo de 2.008 se formalizó por el letrado de la administración de la Seguridad Social Don Alberto Lorente Alvarez , en nombre y representación de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, recurso de casación para la unificación de doctrina contra la Sentencia de la Sala de lo Social antes citada.

CUARTO.- Esta Sala, por providencia de fecha 30 de septiembre de 2.008 acordó abrir el trámite de inadmisión, por falta de contenido casacional. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en el plazo de tres días hiciera alegaciones, lo que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión del recurso.

Fundamentos

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiséis de Noviembre de dos mil ocho.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. JESÚS GULLÓN RODRÍGUEZ

PRIMERO.- Por el juzgado de lo Social Nº 2 de los de Zaragoza se dictó Sentencia en fecha 26 de octubre de 2.007, en el procedimiento nº 508/07 seguido a instancia de SGRIMA S.L. contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y DON Evaristo, sobre jubilación parcial, que estimaba la pretensión formulada.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, siendo dictada Sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Aragón, en fecha 4 de febrero de 2.008, que desestimaba el recurso interpuesto y, en consecuencia, confirmaba la sentencia impugnada.

TERCERO.- Por escrito de fecha 6 de marzo de 2.008 se formalizó por el letrado de la administración de la Seguridad Social Don Alberto Lorente Alvarez , en nombre y representación de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, recurso de casación para la unificación de doctrina contra la Sentencia de la Sala de lo Social antes citada.

CUARTO.- Esta Sala, por providencia de fecha 30 de septiembre de 2.008 acordó abrir el trámite de inadmisión, por falta de contenido casacional. A tal fin se requirió a la parte recurrente para que en el plazo de tres días hiciera alegaciones, lo que efectuó. El Ministerio Fiscal emitió el preceptivo informe en el sentido de estimar procedente la inadmisión del recurso.

Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado de la administración de la Seguridad Social Don Alberto Lorente Alvarez en nombre y representación de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Aragón de fecha 4 de febrero de 2.008, en el recurso de suplicación número 27/08, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 2 de los de Zaragoza de fecha 26 de octubre de 2.007, en el procedimiento nº 508/07 seguido a instancia de SGRIMA S.L. contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y DON Evaristo, sobre jubilación parcial.

Se declara la firmeza de la Sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

Fallo

Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado de la administración de la Seguridad Social Don Alberto Lorente Alvarez en nombre y representación de INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la Sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal superior de justicia de Aragón de fecha 4 de febrero de 2.008, en el recurso de suplicación número 27/08, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, frente a la sentencia dictada por el juzgado de lo Social nº 2 de los de Zaragoza de fecha 26 de octubre de 2.007, en el procedimiento nº 508/07 seguido a instancia de SGRIMA S.L. contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y DON Evaristo, sobre jubilación parcial.

Se declara la firmeza de la Sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos.

Sentencia Social Tribunal Supremo, Rec 780/2008 de 26 de Noviembre de 2008

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