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Sentencia Social Tribunal Supremo, Rec 539/1997 de 18 de Febrero de 1998
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Legislación
Orden: Social
Fecha: 18 de Febrero de 1998
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: MARTIN VALVERDE, ANTONIO
Resumen
El TS desestima el recurso de casación formulado por la empresa recurrente. Manifiesta la Sala que el permiso de afinidad comprende a los hermanos del cónyuge del trabajador y a los cónyuges de los hermanos. El significado y la finalidad del instituto jurídico-laboral del permiso por desgracia familiar es precisamente armonizar o hacer compatibles las obligaciones de trabajo con los deberes sociales y familiares de asistencia y compañía que surgen en los casos de fallecimiento o enfermedad grave de parientes o afines muy próximos, evitando que el cumplimiento de las primeras pueda anular o impedir por completo el cumplimiento de los segundos. Por tanto, no puede acogerse la definición del concepto de afinidad propuesta en el recurso como relación que se proyecta solamente en sentido único desde el cónyuge a los consanguíneos del otro cónyuge.
Voces
Minusvalía
Encabezamiento
AUTO
En la Villa de Madrid, a dieciocho de Febrero de mil novecientos noventa y ocho.
Antecedentes
PRIMERO.- Por el Juzgado de lo Social Nº 20 de los de Madrid se dictó sentencia en …
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