Última revisión
29/02/2024
Sentencia Social 238/2024 Tribunal Supremo. Sala de lo Social, Rec. 1495/2021 de 07 de febrero del 2024
Relacionados:
Orden: Social
Fecha: 07 de Febrero de 2024
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
Nº de sentencia: 238/2024
Nº de recurso: 1495/2021
Núm. Cendoj: 28079140012024100217
Núm. Ecli: ES:TS:2024:752
Núm. Roj: STS 752:2024
Resumen
Voces
Jubilación parcial
Convenio colectivo
Jornada anual
Jubilación parcial anticipada
Derechos de los trabajadores
Contrato de relevo
Reducción de jornada laboral
Seguridad jurídica
Convenio colectivo aplicable
Voluntad de las partes
Contrato de Trabajo
Anulación de la sentencia
Encabezamiento
Fecha de sentencia: 07/02/2024
Tipo de procedimiento: UNIFICACIÓN DOCTRINA
Número del procedimiento: 1495/2021
Fallo/Acuerdo:
Fecha de Votación y Fallo: 07/02/2024
Ponente: Excmo. Sr. D. Ángel Blasco Pellicer
Procedencia: T.S.J.PAIS VASCO SOCIAL
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Sagrario Plaza Golvano
Transcrito por: rhz
Nota:
UNIFICACIÓN DOCTRINA núm.: 1495/2021
Ponente: Excmo. Sr. D. Ángel Blasco Pellicer
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Sagrario Plaza Golvano
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Antonio V. Sempere Navarro
D. Ángel Blasco Pellicer
D.ª María Luz García Paredes
D. Juan Molins García-Atance
En Madrid, a 7 de febrero de 2024.
Esta Sala ha visto el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la empresa Securitas Seguridad España, S.A. representado y asistido por el letrado D. Gabriel Vázquez Durán contra la sentencia dictada el 23 de febrero de 2021 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el recurso de suplicación núm. 97/2021, formulado contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 3 de Bilbao, de fecha 1 de octubre de 2020, autos núm. 718/2020, que resolvió la demanda sobre reconocimiento de derecho interpuesta por D. Isidro frente a Securitas Seguridad de España, S.A.
Ha comparecido en concepto de recurrido D. Isidro representado por el letrado D. Alberto Abasolo Abasolo.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Ángel Blasco Pellicer.
Antecedentes
"Primero.- D. Isidro viene prestando servicios para SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA SA como vigilante de seguridad desde el 1.10.1982.
Segundo: A la empresa le es de aplicación el articulo 69 del Convenio colectivo estatal de empresas de seguridad
Tercero: El 15.6.2020 el actor habría solicitado pasar a situación de jubilación parcial desde el 11.8.20.
La empresa el 29.6.2020 le comunica que: " la normativa de aplicación no impone a la empresa la obligación de someterse a los efectos derivados de la solicitud de jubilación parcial del trabajador por consiguiente le comunicamos que en estos momentos no podemos acceder a su petición de jubilación parcial. "
Cuarto: Se interpuso papeleta conciliatoria en reclamación de su derecho a la jubilación anticipada."
En dicha sentencia aparece la siguiente parte dispositiva:
"Que, estimando la demanda interpuesta por D. Isidro frente a SECURITAS SEGURIDAD DE ESPAÑA SA se reconoce el derecho del trabajador a jubilarse parcialmente, condenando a la demandada a pasar por esta declaración."
"Se desestima el recurso de suplicación interpuesto frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Bilbao de 1-10-2020, procedimiento 718/20, por don Teodulfo, Abogado que actúa en nombre y representación de la entidad Securitas Seguridad España, S.A., la que se confirma en su integridad, imponiendo las costas del recurso a la recurrente, cifrándose en 1.000 euros los honorarios de letrado de la parte impugnante, y pérdida de depósitos y consignaciones, a los que se les dará el destino legal."
Por el letrado D. Alberto Abasolo Abasolo se presentó escrito de impugnación y por el Ministerio Fiscal se emitió informe en el sentido de considerar el recurso improcedente.
Fundamentos
Consta que viene prestando servicios para SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA SA como vigilante de seguridad desde el 1/10/1982 y el 15/06/2020 solicitó pasar a situación de jubilación parcial desde el 11/08/20. La empresa le denegó su petición por no imponerlo la normativa de aplicación, el Convenio colectivo estatal de empresas de seguridad.
Los fallos son, sin embargo, contradictorios ya que mientras que la sentencia recurrida reconoce el derecho del actor a la jubilación parcial, por entender la Sala que no es preciso acuerdo entre empresa y trabajador por no aparecer el mismo previsto en la norma convencional, en la sentencia de contraste se deniega la jubilación parcial, por entender la Sala que debe existir un acuerdo en relación con la jornada a desempeñar, y en caso de no existir el mismo, no procede la jubilación parcial.
Hemos aceptado la existencia de un derecho perfecto de la persona trabajadora para acceder a la jubilación parcial (y la consiguiente obligación empresarial) cuando la regulación convencional es inequívoca. Por ejemplo, cuando el acuerdo no solo habla de "derecho a jubilarse parcialmente y continuar prestando servicios en el Ayuntamiento a tiempo parcial" sino que añade que el empleador "queda obligado a aceptar" la propuesta que se le realiza [ STS 948/2022, de 30 de noviembre (Rec. 87/2020)].
Respecto de convenios en que aparece plasmado "el derecho de los trabajadores a acogerse a la jubilación parcial de acuerdo a la Legislación Laboral Vigente" hemos entendido que solo comportan una genérica remisión a la normativa legal, sin introducir en ese extremo ningún elemento del que pudieren resultan obligaciones adicionales para la empresa, es decir, sin imponer a la empresa la obligación de cumplimentar las formalidades necesarias para que el trabajador pueda acceder a la jubilación parcial [ STS 534/2020, de 25 de junio (Rcud. 665/2018)].
Fallo
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido :
1.- Estimar el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la empresa Securitas Seguridad España, S.A. representado y asistido por el letrado D. Gabriel Vázquez Durán.
2.- Casar y anular la sentencia dictada el 23 de febrero de 2021 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el recurso de suplicación núm. 97/2021.
3.- Resolver el debate en suplicación estimando el de tal clase, y revocar la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 3 de Bilbao, de fecha 1 de octubre de 2020, autos núm. 718/2020.
4.- Desestimar la demanda interpuesta por D. Isidro frente a Securitas Seguridad de España, S.A.
5.- Ordenar la devolución de los depósitos y cauciones que la empresa hubiera realizado a fin de presentar los recursos que ahora estimamos.
6.- No efectuar pronunciamiento alguno sobre imposición de costas.
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.
Ver el documento "Sentencia Social 238/2024 Tribunal Supremo. Sala de lo Social, Rec. 1495/2021 de 07 de febrero del 2024"
Acceda bajo demandaAccede a más de 4.000.000 de documentos
Localiza la información que necesitas
LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS
![Jubilación parcial y contrato de relevo. Paso a paso](https://d2eb79appvasri.cloudfront.net/erp-colex/imagenes/libros/resizedk8s_peque_7367.jpg)
Jubilación parcial y contrato de relevo. Paso a paso
Dpto. Documentación Iberley
12.75€
12.11€
+ Información
![Cómo seleccionar el convenio colectivo aplicable a una empresa. Paso a paso](https://d2eb79appvasri.cloudfront.net/erp-colex/imagenes/libros/resizedk8s_peque_7359.png)
Cómo seleccionar el convenio colectivo aplicable a una empresa. Paso a paso
Dpto. Documentación Iberley
14.50€
13.78€
+ Información
![Cuestiones básicas de Derecho del trabajo](https://d2eb79appvasri.cloudfront.net/erp-colex/imagenes/libros/resizedk8s_peque_3342.png)
![Pensión de jubilación. Paso a paso](https://d2eb79appvasri.cloudfront.net/erp-colex/imagenes/libros/resizedk8s_peque_6641.jpg)
![Ampliación y reducción de la jornada laboral: Modificación sustancia y distribución irregular](https://d2eb79appvasri.cloudfront.net/erp-colex/imagenes/libros/resizedk8s_peque_703.jpg)
Ampliación y reducción de la jornada laboral: Modificación sustancia y distribución irregular
Dpto. Documentación Iberley
6.83€
6.49€
+ Información