Sentencia Social 943/2023...e del 2023

Última revisión
30/11/2023

Sentencia Social 943/2023 Tribunal Supremo. Sala de lo Social, Rec. 3657/2022 de 07 de noviembre del 2023

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Orden: Social

Fecha: 07 de Noviembre de 2023

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: ANTONIO VICENTE SEMPERE NAVARRO

Nº de sentencia: 943/2023

Nº de recurso: 3657/2022

Núm. Cendoj: 28079140012023100829

Núm. Ecli: ES:TS:2023:4790

Núm. Roj: STS 4790:2023

Resumen
RECLAMACIÓN PREVIA Y CADUCIDAD DE EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO EN PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL.- La ausencia de reclamación previa dentro del plazo de 30 días frente a una resolución denegatoria de prestaciones no afecta al derecho subjetivo, que continúa subsistente en tanto no transcurran los plazos de prescripción que señala la LGSS. Tal y como prevé el artículo 71.4 LRJS, podrá reiterarse la reclamación previa de haber caducado la anterior, en tanto no haya prescrito el derecho y sin perjuicio de los efectos retroactivos que proceda dar a la misma. Cuando una persona beneficiaria de prestaciones de Seguridad Social, o que aspira a serlo, presenta una demanda judicial ha de haber agotado la vía previa. Eso no requiere solo accionar dentro del plazo de treinta días tras la notificación denegatoria, sino haber también sustanciado de manera temporánea el trámite de reclamación previa. Aplica y clarifica doctrina.

Voces

Incapacidad permanente total

Caducidad

Fondo del asunto

Caducidad de la instancia

Retroactividad

Incapacidad permanente

Gran invalidez

Derecho subjetivo

Mutuas de accidentes

Pago de las prestaciones

Plazo de prescripción

Accidente laboral

Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional

Enfermedad profesional

Derecho a la tutela judicial efectiva

Seguridad jurídica