Sentencia Social 969/2023...e del 2023

Última revisión
21/12/2023

Sentencia Social 969/2023 Tribunal Supremo. Sala de lo Social, Rec. 312/2021 de 14 de noviembre del 2023

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Orden: Social

Fecha: 14 de Noviembre de 2023

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE

Nº de sentencia: 969/2023

Nº de recurso: 312/2021

Núm. Cendoj: 28079140012023100963

Núm. Ecli: ES:TS:2023:5283

Núm. Roj: STS 5283:2023

Resumen
Permiso de asuntos propios. Cuando la relación laboral está suspendida por un ERTE, los trabajadores no tienen derecho a disfrutar en su integridad de los seis días de asuntos propios regulados en el art. 37 del IV Convenio Colectivo sectorial estatal de servicios externos auxiliares y atención al cliente en empresas de servicios ferroviarios.Los trabajadores deben disfrutarlos en proporción al tiempo de prestación de servicios.

Voces

Permiso por asuntos propios

Convenio colectivo

ERE temporal

Conflicto colectivo laboral

Vacaciones anuales retribuidas

Conflicto de intereses

Contrato de Trabajo

Vacaciones

Permiso laboral retribuido

Comisión Paritaria

Proceso de conflicto colectivo

Reducción de jornada laboral

Días naturales

Derecho a vacaciones

Trabajador a tiempo parcial

Fondo del asunto

Comité de empresa

Cuestiones de fondo

Jornada completa

Bolsa de vacaciones

Trabajador fijo

Jornada parcial

Actividad laboral

Permiso de maternidad

Despido del trabajador

Incapacidad del trabajador

Causas económicas

Convenio colectivo de Grandes almacenes

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