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Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Superior de Justicia de Pais Vasco, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2503/2003 de 20 de Enero de 2004
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Orden: Social
Fecha: 20 de Enero de 2004
Tribunal: TSJ Pais Vasco
Ponente: HERNANDEZ VITORIA, MARIA JOSE
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 48020340012004100184
Resumen
El TSJ confirma el criterio mantenido en la instancia que se aprecia que el estado del trabajador demandante merece el reconocimiento de dos baremos del nº 8 de los recogidos en el Anexo de la disposición legal aplicable, ya que, el nivel de pérdida auditiva en frecuencias no conservacionales alcanza el umbral necesario para acceder a dicha prestación. La hipoacusia que presenta el demandante es merecedora de la prestación reconocida ya que, si se concediera sólo un baremo, como alega la entidad recurrente, quedarían daños sin proteger y se estaría equiparando el caso de quien sufre sordera bilateral con el que parece debe merecer menor protección por afectación de sólo un oído.
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RECURSO Nº: 2503/03
N.I.G. 48.04.4-03/002185
SENTENCIA Nº:
SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO
En la Villa de Bilbao, a veinte de …
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