Sentencia Social Nº S/S, ...re de 1993

Última revisión
10/12/1993

Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 647/1993 de 10 de Diciembre de 1993

Tiempo de lectura: 19 min

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Relacionados:

Orden: Social

Fecha: 10 de Diciembre de 1993

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: GIL SUAREZ, LUIS

Nº de sentencia: S/S

Núm. Cendoj: 28079140011993100908

Núm. Ecli: ES:TS:1993:12823

Resumen
En proceso seguido sobre pensión de viudedad, la cuestión debatida consiste en determinar si el I.N.S.S. está o no obligado a anticipar el abono de esta prestación, habiendo quedado decidido, sin impugnación de ninguna de las partes, que la obligación principal de satisfacer esa pensión recaía sobre la entidad empleadora por no haber dado de alta en tiempo al causante y no haber cotizado adecuadamente a la Seguridad Social respecto al mismo. El TS estima el recurso interpuesto por la actora al reiterar que de los preceptos aplicables se deduce que la Entidad Gestora queda obligada a anticipar el pago de las prestaciones, cuando por razón de incumplimientos relativos a sus obligaciones para con la Seguridad Social recae sobre el empresario la obligación principal de satisfacer al interesado la prestación, estando el trabajador en alta o en situación asimilada al alta cuando, en este último caso, las condiciones propias de esta situación no impiden la concurrencia de otros requisitos necesarios para lucrar aquélla.

Voces

Pensión de viudedad

Incapacidad temporal

Enfermedad Común

Alta en la Seguridad Social

Pago de las prestaciones

Baja en la seguridad social

Período de carencia

Entidades Gestoras de la Seguridad Social

Prestación económica

Contrato de Trabajo

Cotización a la Seguridad Social

Automaticidad de las prestaciones

Cuestiones de fondo

Subrogación

Situación asimilada alta Seguridad Social

Prestación de jubilación

Reformatio in peius

Pago anticipado

Encabezamiento

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diez de Diciembre de mil novecientos noventa y tres.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la …

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