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Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1323/1992 de 19 de Febrero de 1993
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Legislación
Orden: Social
Fecha: 19 de Febrero de 1993
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: VARELA AUTRAN, BENIGNO
Nº de sentencia: S/S
Núm. Cendoj: 28079140011993101073
Núm. Ecli: ES:TS:1993:12989
Resumen
Se resuelve una pretensión revisora de pensión de Incapacidad Permanente Total, al objeto de que se modifique la base reguladora de la misma, de acuerdo con los salarios correspondientes, según la normativa española, en los dos años elegidos dentro de los siete anteriores al hecho causante y, al propio tiempo, se suprima el abono de tal pensión conforme al principio prorrata temporis. El TS confirma la improcedencia de ta pretensión al desestimar recurso interpuesto por el interesado. Declara la Sala que, si se tiene en cuenta que el Reglamento Comunitario consagra, también, el principio "prorrata temporis" en los casos en que procede la totalización de periodos de cotización a uno y otro Estado, se llega a la conclusión de que la norma comunitaria no establece derecho superior que deba ser objeto de especial tutela y que, al no haberse recurrido, en su momento, el reconocimiento de la cuestionada pensión de Seguridad Social en litigio, no hay base para postular, ahora, la pretendida revisión.
Voces
Incapacidad permanente total
Reconocimiento de las prestaciones
Encabezamiento
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a diecinueve de Febrero de mil novecientos noventa y tres.
Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud del recurso de casación para …
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