Sentencia Social Nº 86/20...il de 2003

Última revisión
01/04/2003

Sentencia Social Nº 86/2003, Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, Sala de lo Social, Rec 72/2003 de 01 de Abril de 2003

Tiempo de lectura: 26 min

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Relacionados:

Orden: Social

Fecha: 01 de Abril de 2003

Tribunal: TSJ La Rioja

Ponente: PELLEJERO TOMAS, JOSE MANUEL

Nº de sentencia: 86/2003

Núm. Cendoj: 26089340002003100084

Resumen
La jurisprudencia unificadora ha fijado como línea de distinción la determinación no tanto en el dato de que la empresa cedente existiera realmente sino si actuaba como verdadero empresario, analizando en el caso concreto si el cedente actuaba o no realmente como verdadero empresario, declarando que es cesión ilegal de mano de obra la mera provisión o suministro de fuerza de trabajo a otra empresa, aunque la cedente tenga infraestructura propia, si ésta no se pone a contribución de la cesionaria, señalando que aun cuando nos encontremos ante un empresario real y no ficticio, existe cesión ilegal de trabajadores cuando la aportación de éste en un supuesto contractual determinado se limita a suministrar la mano de obra sin poner a contribución los elementos personales y materiales que configuran su estructura empresarial. En el presente caso confirma la Sala que se ha producido una situación de cesión ilegal de trabajadores de la empresa, que no es empresa de trabajo temporal, ya que aquélla no ha puesto en juego su organización e infraestructura empresarial para la ejecución de los servicios auxiliares de producción, limitándose su actividad al suministro a la recurrente de la mano de obra necesaria para el desarrollo de aquellos, y sin aportar aquélla a la ejecución de la contrata medios materiales significativos.

Voces

Cesión ilegal de trabajadores

Empresa contratista

Intervención de abogado

Procedimiento de oficio

Ejecución de la contrata

Prueba pericial

Medios de prueba

Valoración de la prueba

Documento auténtico

Empresa principal

Responsabilidad

Práctica de la prueba

Negocio jurídico

Centro de trabajo

Subcontratación

Derechos de los trabajadores

Vínculo jurídico

Empresa cedente

Empresas de trabajo temporal

Asistencia jurídica gratuita

Encabezamiento

Sent. N° 86/2003

Rec. 72/2003

Iltmo. Sr. D. Rafael Mª Medina y Alapont.

Presidente

Iltmo. Sr. D. Luis Loma Osorio Faurie.

Iltmo. Sr. D. José Manuel Pellejero Tomás

En Logroño a uno de Abril …

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