Sentencia Social Nº 83/20...ro de 2015

Última revisión
01/02/2016

Sentencia Social Nº 83/2015, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 48/2014 de 09 de Febrero de 2015

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Orden: Social

Fecha: 09 de Febrero de 2015

Tribunal: TSJ Canarias

Ponente: BARRIUSO ALGAR, FELIX

Nº de sentencia: 83/2015

Nº de recurso: 48/2014

Núm. Cendoj: 38038340012015100090

Núm. Ecli: ES:TSJICAN:2015:1842

Resumen
La sala declarara que no hubo irregularidad en la negociación del despido colectivo en el extremo referente a los criterios de selección de los trabajadores, rechazando que los usados por la empresa fueran excesivamente genéricos, y declarando que hubo efectiva negociación sobre tales extremos. El despido colectivo se comenzó a tramitar tras la reforma de la D.A. 20ª del E.T. llevada a cabo por la Ley 3/2012; aunque la demandada sea una sociedad de capital público mayoritario, no se puede pretender la aplicación de la redacción de esa D.A. 20ª dada por el RDLey 3/2012, pues incluso suponiendo que le fuera aplicable el segundo párrafo de la misma, en relación a la insuficiencia presupuestaria sobrevenida, en todo caso no puede admitirse que las causas del despido (existencia de pérdidas y disminución de ingresos) solamente hubieran nacido en el breve espacio de vigencia del RDL 3/2012, sino que precedían al mismo y subsistían después.

Voces

Período de consultas

Finalización del período de consultas

Despido colectivo

Abuso de derecho

Causas económicas

Buena fe

Expediente de regulación de empleo

Categoría profesional

Autoridad laboral

Representación de los trabajadores

Cantidad neta

Dolo

Delegado de personal

Clasificación profesional

Prueba documental

Iniciación del período de consultas

Disminución de ingresos

Despido improcedente

Despido procedente

Práctica de la prueba

Error de hecho

Valoración de la prueba

Documento privado

Puesto de trabajo

Modificación del hecho probado

Informe de la inspección de trabajo

Recibo de salarios

Duración del periodo de consultas

Despido por causas económicas

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