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Sentencia Social Nº 805/2005, Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 298/2004 de 07 de Junio de 2005
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 07 de Junio de 2005
Tribunal: TSJ Castilla-La Mancha
Ponente: SOLIS GARCIA DEL POZO, JOSE RAMON
Nº de sentencia: 805/2005
Nº de recurso: 298/2004
Núm. Cendoj: 02003340012005100772
Resumen
El TSJ de Castilla-La Mancha confirma la procedencia de las resoluciones de la TGSS impugnadas en el proceso, por las que se acordaba el alta de oficio del demandante en el RETA, al desestimar el recurso interpuesto por el trabajador actor. Se discute en suplicación que en el presente caso concurra el requisito de la habitualidad citando determinadas sentencias que para predicar dicha habitualidad se remiten al criterio de que se obtenga de la misma al menos cantidades superiores al salario mínimo interprofesional. Basa la Sala su pronunciamiento en que no ha acreditado en absoluto cuales sean los ingresos de esa actividad que el inspector de trabajo comprobó que desarrollaba y para la cual se encontraba dado de alta en el IAE con establecimiento abierto en la localidad de su residencia y en estos términos la sola edad del actor no puede bastar para acreditar que la actividad era marginal, que no constituía su medio habitual de vida, o que no obtenía de la misma salarios superiores al mínimo interprofesional.
Voces
Tesorería General de la Seguridad Social
Régimen especial de trabajadores autónomos
Salario mínimo interprofesional
Alta en el RETA
Acta de inspección laboral
Prueba pericial
Prueba en contrario
Contrato de Trabajo
Presunción de certeza
Alta en la seguridad social
Responsabilidad
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