Sentencia Social Nº 678/2...io de 2005

Última revisión
15/06/2005

Sentencia Social Nº 678/2005, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 775/2004 de 15 de Junio de 2005

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Relacionados:

Orden: Social

Fecha: 15 de Junio de 2005

Tribunal: TSJ Canarias

Ponente: RAMOS REAL, EDUARDO

Nº de sentencia: 678/2005

Núm. Cendoj: 35016340012005100654

Resumen
El TSJ confirma la resolución recurrida que considera ajustado a derecho el cese de la trabajadora actora, en la primera de las empresas demandadas, acaecido el 31 de diciembre de 2003, por estimar que ha quedado acreditada la finalización de la obra o servicio objeto de contrato, siendo que, en el proceso se plantean dos cuestiones distintas: la posible concurrencia de fraude en la contratación, por cesión ilegal de la trabajadora desde la empresa "E." a la empresa "EN." y la existencia de sucesión entre las empresas contratistas. Basa la sala su pronunciamiento en que, la actividad es la misma, los mismos los medios, métodos de organización y procedimiento, la misma la clientela (" La forma de lectura de contadores de U., venía realizándose por la propia empresa antes de ser contratada a I., para prestar el servicio, así como las ulteriores contratistas, han de seguir en el desempeño de su encargo los procedimientos determinados por U., que fija las zonas y las fecha de lecturas y las fórmulas de entrega de las efectuadas, y servirse de los aparatos informativos TPC (terminales portátiles de lectura), propiedad de la contratante. Los contratistas no aportan elemento material alguno en el desarrollo de la contrata a excepción de las hojas en las que los trabajadores confecciona el parte diario de trabajo, control de ruta para lectura. Los trabajadores emplean sus vehículos particulares en los desplazamientos que hayan de efectuar por razones laborales).

Voces

Cesión ilegal de trabajadores

Subrogación empresarial

Responsabilidad

Empresa contratista

Empresa principal

Fin de la obra

Categoría profesional

Despido improcedente

Contrato de Trabajo

Empresa cesionaria

Vacaciones

Solución de continuidad

Empresa cedente

Encabezamiento

Secretaria: Dª. Mª EUGENIA CALAMITA DOMÍNGUEZ

Ilmos. Sres:

D. HUMBERTO GUADALUPE HERNÁNDEZ

Dª MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ

D. EDUARDO RAMOS REAL

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