Sentencia Social Nº 67/20...ro de 2006

Última revisión
26/01/2006

Sentencia Social Nº 67/2006, Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 726/2005 de 26 de Enero de 2006

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Social

Fecha: 26 de Enero de 2006

Tribunal: TSJ Extremadura

Ponente: CANO MURILLO, ALICIA

Nº de sentencia: 67/2006

Nº de recurso: 726/2005

Núm. Cendoj: 10037340012006100100

Núm. Ecli: ES:TSJEXT:2006:174

Resumen
El TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada por entidad financiera contra cierto trabajador, al desestimar el recurso interpuesto por la actora. Declara la Sala que, en el supuesto sometido a la consideración de la Sala viene a resultar que no consta, no se pacta compensación económica alguna en el pacto de no concurrencia, lo que se ve avalado por los actos posteriores de la actora, la cual se encarga de diferenciar la cantidad que abona en concepto de indemnización por despido improcedente, y liquidación de haberes de la relación laboral, coincidiendo en este punto tanto el documento suscrito en fecha 1 de septiembre de 2003 y la certificación del acto de conciliación. Si no hay compensación adecuada , no se puede dar validez al pacto de no concurrencia, lo que se ve ratificado por la sentencia analizada del Tribunal Supremo que hace un especial hincapié en los distintos conceptos que se incluyen en el pacto suscrito entre las partes "en el que se había incluido los nueve millones relativos a dicho pacto", recogiendo la cantidad global el acto de conciliación, que lo interpreta con arreglo al pacto.

Voces

Pacto de no concurrencia

Acto de conciliación

Finiquito

Recibo de salarios

Indemnización por despido improcedente

Error material

Despido improcedente

Indemnización por despido

Período de prueba

Documento privado

Acuerdo conciliatorio

Finalización del contrato de trabajo

Nivel de cualificación profesional

Pacto de no competencia

Derecho al trabajo

Papeleta de conciliación

Extinción del contrato de trabajo

Conciliación laboral

Voluntad de las partes