Última revisión
07/09/2017
Sentencia SOCIAL Nº 643/2017, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 14/2017 de 19 de Julio de 2017
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 19 de Julio de 2017
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: GULLON RODRIGUEZ, JESUS
Nº de sentencia: 643/2017
Nº de recurso: 14/2017
Núm. Cendoj: 28079149912017100044
Núm. Ecli: ES:TS:2017:3189
Núm. Roj: STS 3189:2017
Resumen
Despido colectivo por causas económicas y tecnológicas. Grupo mercantil de empresas -art. 42 y ss. Del Código de Comercio-- que se reconoce en casación como tal por vía de revisión de hechos probados. Necesidad de que en el periodo de consultas la representación de los trabajadores (en este caso ?ad hoc?) tenga a su disposición las cuentas consolidadas del grupo, cuando existe esa obligación legal, o las cuentas auditadas de ellas, y no solo las de la que lleva a cabo el despido, como exige el número 5 del art. 4 del RD 1483/2012. La ausencia de tal documentación se estima trascendente y relevante para que la información aportada sea la imprescindible a efectos de conformar el periodo de consultas. Nulidad de los 21 despidos acordados por la empresa NUASA (Nueva Automoción, S.L.)
Voces
Despido colectivo
Finalización del período de consultas
Período de consultas
Incongruencia omisiva
Calificación del despido
Representación de los trabajadores
Centro de trabajo
Autoridad laboral
Causas económicas
Carga de la prueba
Mala fe
Vicio de incongruencia
Derecho a la tutela judicial efectiva
Prueba documental
Consejeros de órganos de administración
Sindicatos
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