Última revisión
Sentencia Social Nº 4678/2008, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1288/2007 de 05 de Junio de 2008
Texto
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Orden: Social
Fecha: 05 de Junio de 2008
Tribunal: TSJ Cataluña
Ponente: GARCIA RODRIGUEZ, ANTONIO
Nº de sentencia: 4678/2008
Núm. Cendoj: 08019340012008105305
Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 11 de Barcelona sobre lesiones permanentes no invalidantes. La jurisprudencia de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo ha tenido ocasión de abordar el concepto de enfermedad profesional, en relación con el de accidente de trabajo; siendo conocida su doctrina en el sentido de que toda dolencia, secuela o residual que derive de la actividad profesional ha de calificarse como derivada del accidente de trabajo, en el caso de que no pueda incardinarse en la lista de enfermedades profesionales; y en este caso, la Colaboradora recurrente no aporta elementos de juicio que desvirtúen la conclusión a que llegó el Juzgador acerca de la concurrencia de contingencia de accidente de trabajo, como productora de las secuelas o residuales apreciadas en el trabajador.
Voces
Accidente laboral
Enfermedad profesional
Cuadro de enfermedades profesionales
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Incapacidad temporal
Contingencias de accidentes de trabajo
Encabezamiento
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA
CATALUNYA
SALA SOCIAL
NIG : 08019 - 44 - 4 - 2005 - 0036510
mm
ILMO. SR. JACOBO QUINTANS GARCIA
ILMO. SR. ANTONIO GARCÍA RODRÍGUEZ
ILMO. SR. ENRIQUE …
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