Sentencia Social Nº 451/2...io de 2008

Última revisión
01/07/2008

Sentencia Social Nº 451/2008, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 2, Rec 818/2008 de 01 de Julio de 2008

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Orden: Social

Fecha: 01 de Julio de 2008

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: MARTIN JIMENEZ, RODRIGO

Nº de sentencia: 451/2008

Nº de recurso: 818/2008

Núm. Cendoj: 28079340022008100264

Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 34 de Madrid, sobre reclamación de cantidad. La recurrente intenta por vía indirecta incorporar hechos distintos de los que solicita, y no habiéndose acreditado documentalmente lo que en realidad pretende no puede accederse a la revisión instada, al ser irrelevante en la resolución del litigio el hecho cuya inclusión se pide. No es el trabajador quien debe demostrar el cumplimiento de los requisitos necesarios para percibir el bonus pactado, sino la empresa quien debe acreditar el incumplimiento de los mismos de acuerdo con criterios objetivos. Se reputa nula y sin efecto la cláusula que prevé el abono de la compensación económica una vez transcurrido el período de no competencia acordado, ya que el trabajador debe superar doce meses desde la extinción del contrato con sus propios medios, siendo inaceptable que el empresario pueda exigir la no concurrencia y compensar una vez transcurrido el período de un año y que, al mismo tiempo, el trabajador deba, en caso de incumplimiento, abonar una indemnización superior a la compensación pactada.

Voces

Indefensión

Medios de prueba

Intereses moratorios

Confesión tácita

Valoración de la prueba

Objeto del proceso

Poder bastante

Práctica de la prueba

Reclamación de cantidad

Burofax

Prueba documental

Medios de pago

Carga de la prueba

Vacaciones

Fondo del asunto

Incremento salarial

Voluntad unilateral

Compensación de deudas

Acto de conciliación

Interés legal del dinero

Pacto de no competencia

Impago de salario