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Sentencia Social Nº 331/2011, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 2, Rec 998/2011 de 11 de Mayo de 2011
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Orden: Social
Fecha: 11 de Mayo de 2011
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: GARCIA ALVAREZ, MARIA ROSARIO
Nº de sentencia: 331/2011
Núm. Cendoj: 28079340022011100259
Resumen
DESPIDO PROCEDENTE.- Agresión física a un compañero de trabajo.- Se desestima el recurso de suplicación formulado contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 25 de Madrid, que declaró procedente el despido del actor.La Sala declara que ha quedado probado como el actor en el día indicado en la carta de despido, sin mediar provocación previa acreditada agredió físicamente a su compañero de trabajo, al que produjo contusiones leves, dolor cervical con bloqueo a la extensión, teniendo que intervenir otros compañeros, y todo ello en presencia de los clientes del establecimiento que en ese momento estaba repleto de público.Tal proceder no encuentra justificación alguna, al no constar circunstancia objetiva o subjetiva que permita la degradación de la culpabilidad y gravedad que se aprecia. Por otro lado, el comportamiento supone una ruptura de las más elementales normas de convivencia y constituye por sí sola causa suficiente para el despido, al merecer la conducta el más intenso reproche por parte de ordenamiento, máxime cuando el contrato de trabajo impone la obligación de acomodar el comportamiento a las exigencias derivadas de la buena fe la lealtad y el mutuo respeto no solo hacia el empleador o Superiores, sino también hacia los iguales y subordinados.
Voces
Despido procedente
Recibo de salarios
Grabación
Carta de despido
Contrato de Trabajo
Buena fe
Ofensa física a un compañero
Encabezamiento
T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.2
MADRID
SENTENCIA: 00331/2011
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)
N.I.G: 28079 34 4 2011 …
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