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Sentencia Social Nº 247/2004, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Rec 1729/2003 de 18 de Marzo de 2004
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Orden: Social
Fecha: 18 de Marzo de 2004
Tribunal: TSJ Canarias
Ponente: GUADALUPE HERNANDEZ, HUMBERTO
Nº de sentencia: 247/2004
Resumen
El TSJ confirma la sentencia recurrida que desestima la demanda del actor y declara la falta de jurisdicción del orden social para conocer del litigio por estimar que la actividad de aquel en la fundación demandada estaba cubierta por su condición de becario. En el presente caso se trata, de un abogado en ejercicio que tiene una bella afición el canto y que la fomenta y desarrolla a través de su participación en un coro que pertenece a una fundación sin fin de lucro cuyo objeto es difundir la cultura musical en las Islas. No puede, pues, afirmarse que se trata de una relación laboral, y en tal sentido la Sala comparte el símil que se hace con los deportistas profesionales, en el sentido de distinguir el amateur o aficionado que practica una actividad que no es su medio de vida y que es un realidad un hobby y el profesional que hace de esa actividad un medio de vida.
Voces
Cantidad líquida
Becas
Falta de jurisdicción
Contrato de Trabajo
Deportistas profesionales
Fraude de ley
Artistas en espectáculos públicos
Frutos
Encabezamiento
En Las Palmas de Gran Canaria , a 1 8 de marzo de 2004 La Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS formada por los Iltmos. Sres D./Dña. …
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