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Sentencia Social Nº 223/2008, Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 6/2007 de 08 de Mayo de 2008
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Legislación
Orden: Social
Fecha: 08 de Mayo de 2008
Tribunal: TSJ Extremadura
Ponente: BRAVO GUTIERREZ, PEDRO
Nº de sentencia: 223/2008
Núm. Cendoj: 10037340012008100229
Resumen
Con desestimación de la excepción de litispendencia y estimación de la de incompetencia de jurisdicción, se declara la incompetencia de este orden jurisdiccional social para conocer la pretensión contenida en la demanda de conflicto colectivo. En este caso, aunque las partes sean las mismas que en el proceso que ya terminó por sentencia firme, no puede entenderse que en ambos coincida plenamente la pretensión ejercitada pues en el anterior lo que se pretendía era que se dejara sin efecto la actuación de la Universidad en relación a las plazas de promoción interna de naturaleza laboral incluidas en la OEP del año 2007, mientras que aquí lo que se pretende es que se anulen unas resoluciones de la Universidad relativas a la relación de puestos de trabajo que, además, son posteriores a la interposición de la demanda que originó el anterior proceso. Respecto a la incompetencia del orden jurisdiccional social esgrimida, la misma debe ser estimada, pues la relación de puestos de trabajo, incluyendo las modificaciones que en ella puedan efectuarse, es un acto propio de la Administración, que ésta efectúa en el ejercicio de sus potestades organizatorias. Por ello, la impugnación de tal relación, afecte el contenido de ésta al personal funcionarial o afecte al personal laboral, ha de hacerse ante la Jurisdicción Contencioso- Administrativa».
Voces
Causa petendi
Conflicto colectivo laboral
Falta de jurisdicción
Litispendencia
Seguridad jurídica
Sentencia firme
Excepción de litispendencia
Proceso de conflicto colectivo
Encabezamiento
T.S.J.EXTREMADURA SALA SOCIAL
CACERES
SENTENCIA: 00223/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA
SALA DE LO SOCIAL (C/PEÑA S/Nº (TFNº 927 620 236 FAX 927 620 246) CACERES)
N.I.G…
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